dijous, 7 d’abril del 2016

Condenados tres falangistas por 'arrasar' con la memoria histórica.

http://www.elmundo.es/espana/2016/04/05/5703aa47e2704e83178b460d.html


Destrozaron placas e hicieron pintadas amenazantes en pueblos de Navarra
El Supremo confirma las condenas a entre un año y medio y dos años de cárcel dictadas por la Audiencia Nacional


El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas a tres jóvenes de ideología falangista que la tarde-noche del 19 de agosto de 2009 llevaron a cabo un raidcontra símbolos de la memoria histórica en varios pueblos de Navarra [lea la sentencia en PDF].
Uno de ellos fue condenado por la Audiencia Nacional a dos años de cárcel y otros dos, a año y medio, por un delito de amenazas no condicionales a un colectivo. La condena ahora firme no fue más elevada porque se aplicó la atenuante de dilaciones indebidas. Al no superar los dos años, el ingreso efectivo en prisión puede ser suspendido.
Según el relato de hechos probados, los condenados rompieron la placa del monumento "Homenaje a los esclavos del franquismo" en el alto de Igal, en el término municipal de Vidángoz. Después, pintaron en un vehículo propiedad del Ayuntamiento de Orkoien, utilizado por un alguacil, la pintada Julio kontuz, mira debajo y Zerri comunista junto a un yugo y unas flechas.
A continuación, pintaron una placa de la calle Dolores Ibarruri del mismo Ayuntamiento con la bandera de España. Posteriormente rompieron la escultura y las placas del monolito en recuerdo de los comunistas fugados del "Fuerte de San Cristóbal" en 1938 y realizaron pintadas en el monte Ezkaba. Acto seguido, se fueron al cementerio de Berrioplano donde pintaron la tapia con expresiones destinadas a menoscabar la realización de actos de reconocimiento de la memoria histórica. Desde allí se desplazaron al cementerio de Aizoain, donde rompieron la placa en memoria de los fusilados del Fuerte de San Cristóbal.
Remataron la noche con pintadas en la fachada principal del Ayuntamiento deArbizu relativas al asesinato de republicanos en 1936, advirtiendo al alcalde y a los concejales "hoy se os vigila, mañana os matamos".
Gracias a unas interceptaciones telefónicas, la Guardia Civil pudo seguir el itinerario de los condenados. Varios agentes les siguieron y testificaron en el juicio que que los vieron en el momento de reunirse y después desplazándose juntos a todos los lugares que resultaron atacados. La sentencia no explica por qué los agentes no les detuvieron.
También consta como prueba lo incautado en el registro de sus domicilios, como el plano de rutas que hicieron y los botes de spray de pintura negra como la empleada en las pintadas. Por todo ello, el Supremo concluye que el conjunto de elementos de juicio es abrumador. "La correlación entre los daños registrados y los desplazamientos del recurrente y de sus acompañantes es de la mayor elocuencia. La coherencia del significado de tales acciones y la ideología de los tres implicados resulta asimismo manifiesta. Las comunicaciones telefónicas, dado el contexto en que se produjeron, tienen como interpretación más racional la que ha hecho la sala", dice la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Perfecto Andrés.
La sentencia confirma el pago de una indemnización por daños morales al alcalde y a tres concejales del Ayuntamiento de Arbizu, así como al alguacil de Orkoien, de 1.000 euros a cada uno por las amenazas de muerte vertidas en las pintadas. Los condenados también deberán pagar 4.000 euros por los destrozos causados.