Levante-EMV ha accedido EN EXCLUSIVA al expediente judicial que contiene la causa sumarísima contra Trinidad Garrigues Ortí, la torrentina fusilada por defenderse de un soldado. Tras un someterla a un Consejo de Guerra, Trinidad fue acusada de 'adhesión a la rebelión' y condenada a la pena de muerte en poco más de dos semanas
Sumario 10.208 V que contiene la causa contra Trinidad Garrigues. / L-EMV
Domingo 30 de julio de , día de los Santos Patronos de . El día en el que empezaría el principio del fin para, una torrentina de 36 años, casada y con dos hijos pequeños, que acabaría fusilada 18 días después en tras ser sometida a un Consejo de Guerra. ha tenido acceso en exclusiva al expediente judicial en el que consta el procedimiento sumarísimo llevado a cabo contra Trinidad y en el que consta su propio testimonio, el del soldado que la agredió y el de otras personas que testificaron, así como los informes que aportaron autoridades locales como el alcalde de Torrent y el jefe local del Movimiento, y que acabó con una acusación de 'adhesión a la rebelión' y su posterior condena a muerte. Todo en poco más de dos semanas.

Trinidad Garrigues Ortí. / L-EMV
Según consta en la declaración de Trinidad Garrigues ante el juez el 1 de agosto de 1939, el día de los hechos "esperaba a primera hora de la tarde en compañía de muchas mujeres en este Juzgado y Prisión a que le tocase el turno para subir a comunicar con sus familiares. Debido al número de las agrupadas en la puerta, fue necesario que el centinela impusiese orden y las apartase a distancia suficiente para no perturbar la entrada y salida de las comunicantes, motivando que al despejar a las reunidas se cayese el centinela al suelo y, por ello, ellas se mofaron con risas y frases sueltas. A esto atribuye el enfado de dicho centinela que se encaró poco después con ella, apartándola de en medio de la calle mediante un culatazo de fusil, a lo cual reaccionó ella golpeando con la mano a quien la golpeaba, sin que pudiera precisar si en aquel momento se daba cuenta de lo que hacía, al haber sido muy fuerte el dolor causado por el golpe del fusil".

Declaración de Trinidad Garrigues. / L-EMV
Trinidad añade en su declaración que no conoce personalmente al centinela que la ha agredido, y que no tiene ningún resentimiento hacia él ni hacia ninguno de los que cubren la guardia, ya que "nunca ha recibido maltrato en estas visitas". También defiende que no pertenece a ningún partido político pero sí al Sindicato Católico la Aguja, que nunca ha denunciado a "personas de orden ni tampoco tomado parte en los desmanes rojos ocurridos en la localidad" y que, en la actualidad, tiene presos a dos hermanos y a su marido, Francisco Escorihuela Llorca, "por diversas inculpaciones con relación al dominio rojo". Y cita a dos personas, ambos vecinos de Torrent que, según ella, pueden avalar su conducta.
Un soldado de 19 años
Por su parte, y según consta en la causa, el soldado que golpea a Trinidad, Gerardo Onecha, un joven de 19 años natural de Baltanás, en Palencia, declara en calidad de testigo, no como acusación, y explica que aquella tarde, los grupos de mujeres "invadían el terreno que tenía orden de mantener despejado, por lo que se vio obligado a empujar a unas cuantas que no le obedecieron, destacándose entre estas la que luego supo se llamaba Trinidad Garrigues, quien se encaró con él de forma violenta. Y al rechazarla para que se apartase, lejos de hacerlo, resistió donde estaba dándole un golpe en la cara, al que contestó el declarante con la cantonera de su guardia. Inmediatamente, intervino el Cabo de Guardia que despejó a todas las reunidas". No obstante, Onecha añade algo más, y es que antes de entrar en su turno "había presenciado como al compañero anterior le venían desobedeciendo las aglomeradas, lanzándole frases de mofa o burla, por lo que al hacerse cargo del puesto, estaban agotadas todas las buenas formas para persuadir a dichas mujeres y que obedeciesen la orden de retirarse".

Informe del alcalde de Torrent aportado a la causa. / L-EMV
Tras la declaración de ambos, Trinidad es ingresada en la prisión de mujeres de València dada la saturación que había en la Torre de Torrent. Arranca la instrucción y el tribunal militar que juzga a Trinidad reclama al comandante de puesto de Torrent informes que avalen su conducta. El comandante en su escrito afirma que son "buenos", que Trinidad que tuvo una hermana monja "hasta que se lo dejó para servir", pero añade que desconoce su actuación los cuatro años que ha estado viviendo en el motor de Sancho, a unos pocos kilómetros de la ciudad. Ahí interviene el dueño del motor, quien afirma que una persona que "puede informar bien es el vecino que ha denunciado al marido de Trinidad", aunque asegura, "él no sabe quién es". En otro informe, el alcalde de Torrent, Francisco Pardo, asegura que Trinidad ni exaltó la causa republicana en público, ni participó en mítines, ni quemó imágenes religiosas ni insultó al Ejército Nacional. De la misma manera contesta el Jefe del Movimiento en la localidad, A. Baviera, aunque en su caso predominan más los 'se ignora' y afirma que Trinidad sí ensalzó la causa republicana.
Los dos vecinos de Torrent
Quienes también aportan información a la causa son los dos vecinos que Trinidad propone para reforzar su buena conducta frente al tribunal: Gregorio Martínez y Vicente Sancho, de la familia propietaria del motor de riego donde vivía el matrimonio de Francisco y Trinidad con sus hijos desde 1934. Gregorio Martínez declara que la conoce de muchos años y que, incluso, había realizado labores domésticas en su casa durante 6 años. Afirma que Trinidad "es una buena mujer, de ideas de orden y sin contacto alguno con organizaciones marxistas", que tiene de ella "un buen concepto" y que "no ha participado en los desmanes cometidos en esta población".
'Es una buena mujer, de ideas de orden y sin contacto alguno con organizaciones marxistas', declaró uno de los vecinos.
Aunque Trinidad llama también a Vicente Sancho para que apoye su buena imagen, acude otro miembro de la familia, Juan Sancho, quien de profesión se autodefine 'propietario'. Sancho explica que conoce a Trinidad y a su esposo desde 1932 y que desde 1934 los tenía de caseros en una finca rústica que posee en el término de Torrent. Añade que "desde el primer momento observa que ambos simpatizaban con las ideas izquierdistas, aunque no hayan desplegado actividad exterior alguna en favor de las mismas" y afirma que lo sabe porque "durante el dominio rojo confirmó esta convicción por el alarde de sus ideas marxistas" y porque cuando detuvieron al marido de Trinidad ella afirmó "que estos tiempos traerían otros" denotando "su falta de fe en el Movimiento Nacional y la esperanza de que volviesen los días de dominio de sus afines idealistas".
Con toda la información sobre la mesa, el juez instructor dictamina que Trinidad era "francamente partidaria de la causa roja" y la acusa también de "apropiarse de objetos ajenos aprovechando el desorden reinante en el despoblado en el que vive, usurpando en las masías conocidas de la Venteta y Masía del Juez". No obstante, la principal acusación es "haber desobedecido reiteradamente las órdenes del centinela que las obligaba a despejar la puerta de la prisión", haberse "mofado de dicho centinela" y "al ser empujada por éste, reaccionar violentamente dándole una bofetada".

Informe de la fiscalía en el que pide la pena de muerte para Trinidad. / L-EMV
El Consejo de Guerra
El Consejo de Guerra se celebró el 9 de agosto de 1939 a las 11 de la mañana. El tribunal estaba presidido por el teniente Coronel González Lopez, el alférez Montesinos como fiscal y el alférez Colomer de Figueroa como abogado defensor. La fiscalía pidió para Trinidad la pena de muerte al calificar los hechos de adhesión a la rebelión con la agravante"perversidad" y "trascendencia del hecho". No era un asesinato, ni un hecho con consecuencias mortales para nadie, pero la urgencia en juzgar a Trinidad fue máxima. Y la dureza también. Sobre todo con alguien que, según el propio tribunal recogería después, tenía "convicción católica" antes de la guerra. La defensa alegó que los hechos no constituían un delito de adhesión a la rebelión y pidió una sentencia de acuerdo a estos.
La fiscalía pidió para Trinidad la pena de muerte al calificar los hechos de adhesión a la rebelión con el agravante de "perversidad" y "trascendencia del hecho".
El 10 de agosto ya había sentencia. En la narración de los hechos, lo que ocurrió aquel 30 de julio se modifica sustancialmente. Según el fallo, en el momento del altercado en la Torre, el soldado únicamente indica a Trinidad "que hiciera el favor de retroceder" y que ella "le agredió violentamente, golpeándole el rostro hasta que fue reducida". El resultado: pena de muerte.
El fusilamiento
Trinidad Garrigues Ortí será fusilada al atardecer del 17 de agosto de 1939 en el campo de tiro de Paterna, dos días después de la recepción del telegrama con el 'enterado' de Franco. Ella sabe que va a morir. Le han notificado la sentencia ese mismo día y la han 'puesto en capilla'. Cuando el sol se haya ido, el teniente médico Luis Raposo será el encargado de certificar su muerte "por heridas de proyectil en cabeza y tórax". Su cuerpo se trasladará a una fosa común desconocida, donde permanecerá casi 87 años., por fin podrá volver a casa. Aquella de la que salió una tarde de un 30 de julio para no volver jamás.













