La ONU acaba de instar al Gobierno español a adoptar las «medidas necesarias» en relación con las «leyes de la concordia» impulsadas por el PP y Vox en Aragón, Castilla-León y la Comunidad Valenciana, alegando que pueden «invisibilizar» las «graves violaciones de los Derechos Humanos» cometidas durante el «régimen dictatorial franquista». Solo el compromiso colectivo podrá evitar el olvido. Hace un mes, el 3 de abril, se publicó en este blog No hay concordia sin memoria declaración contra la proposición de ley de concordia de los grupos PP y VOX de Castilla y León que tuvo el respaldo de casi 500 firmas, la mayoría de historiadores y profesores, de ellos 148 de Castilla y León: «La concordia se ejerce más que se legisla sobre ella; de lo contrario resulta una expresión vacía de contenido que de una u otra forma conduce al olvido de las víctimas y de la orígenes de la Dictadura».
Nos llega ahora la «Declaración ante la Proposición de Ley de Concordia en las Cortes Valencianas» elaborada por los Departamentos de Historia Moderna y Contemporánea de la Universitat de València, Historia, Geografía y Arte de la Universitat Jaume I de Castelló y Humanidades Contemporáneas de la Universidad de Alicante. Nos es grato difundir -como Asociación Conversación sobre la historia- esta declaración de departamentos que gozan de un prestigio bien reconocido que se inicia de este modo:
la concepción de la Historia como disciplina de conocimiento utilizada en este texto resulta claramente propia de un nacionalismo rancio y sin ningún tipo de sentido crítico. La tarea de la Historia no tiene que ser “honrar y proteger a la historia de España” ni la de cualquier otro país o comunidad, sino la de construir un discurso histórico riguroso y proporcionar un conocimiento sólido y cimentado científicamente sobre el pasado
Al final se abre espacio para las adhesiones particulares a esta declaración, más allá de las institucionales.
Conversación sobre la historia
Declaración ante la Proposición de Ley de Concordia en las Cortes Valencianas
Como historiadoras e historiadores, profesionales del mundo universitario que se dedican desde hace décadas al estudio y la enseñanza de la Historia Contemporánea valenciana y de España, manifestamos nuestra profunda preocupación a partir de la lectura del texto de la “Proposición de Ley sobre Concordia de la Comunidad Valenciana”, que ha iniciado su trámite parlamentario. Pensamos que el texto contiene graves carencias científicas por el desconocimiento de los cimientos básicos de las diferentes cuestiones que aborda. Todo esto puede redundar en la implementación de políticas públicas en este ámbito claramente insuficientes e incluso contraproducentes para los objetivos buscados. Por las razones siguientes:
1) En primer lugar, la concepción de la Historia como disciplina de conocimiento utilizada en este texto resulta claramente propia de un nacionalismo rancio y sin ningún tipo de sentido crítico. La tarea de la Historia no tiene que ser “honrar y proteger a la historia de España” ni la de cualquier otro país o comunidad, sino la de construir un discurso histórico riguroso y proporcionar un conocimiento sólido y cimentado científicamente sobre el pasado. En una democracia, los poderes públicos no pueden marcar a los y las profesionales de la Historia cómo ni para qué se tiene que hacer Historia, ni mucho menos obligarlos a “proteger” una determinada visión ‘honrosa’ y nacionalista. La Historia como disciplina académica y quien se dedica como profesional tienen como objetivo investigar, entender y explicar —críticamente— el pasado, enseñar el conocimiento resultante en los diferentes ámbitos educativos y divulgarlo a la sociedad, siempre desde el firme compromiso en la función de la historia para formar una ciudadanía democrática, crítica y consciente de su pasado histórico.
Los autores de la Proposición pretenden servirse de la suposición de que “nunca ha habido un relato consensuado” sobre la etapa entre 1931 y 1977, “ni entre los historiadores […] ni entre los ciudadanos”. Es evidente que se trata de una afirmación, por un lado, muy vaga y perfectamente aplicable a cualquier periodo histórico, que muestra por desgracia un claro desconocimiento de cómo funcionan las disciplinas científicas en general. De la otra, pretende hacer creer que en la historiografía todo es relativo desde el punto de vista del historiador, lo que supone ignorar en qué consiste el oficio de historiador/a y cómo lleva a cabo su trabajo de investigación y de exposición de los resultados logrados con una sólida base empírica. En una democracia, la libertad de cátedra e investigación y la resultante pluralidad de perspectivas imposibilitan, por definición, la existencia de un único relato sobre el pasado, ni en la disciplina histórica ni en la ciudadanía. Como cualquier otra ciencia, la Historia no es ningún dogma ni ninguna profesión de fe, sino debate e intercambio no de gustos personales ni preferencias políticas, sino de perspectivas científicas y aportaciones contrastables. Dentro de la disciplina histórica, dentro y fuera de España, hay pluralidad en determinadas interpretaciones de los acontecimientos, pero con un amplio consenso a la hora de establecer los hechos fundamentales sobre la historia del siglo XX.
2) De hecho, la existencia de una historiografía científica sobre la Historia Contemporánea de España en el siglo XX, cimentada a lo largo de varias décadas en forma de proyectos de investigación, libros, artículos científicos, tesis doctorales, etc., ha permitido construir un ámbito de estudio sólido alrededor del análisis de la Segunda República, la Guerra de 1936-1939, el Franquismo y la transición a la democracia, así como una serie de consensos muy básicos en torno a estas cuestiones.
En cambio, la valoración histórica, sesgada y tendenciosa, de los proponentes demoniza la democracia española de los años treinta como una época “convulsa”, llena de “paroxismo”, “dinámicas de enfrentamiento” y de “violencia social y política”, hasta llegar al extremo de definirla como “catástrofe” equiparable a una sangrienta guerra civil y una dictadura de cuarenta años. Sin embargo, es un consenso ampliamente aceptado en la historiografía española y el hispanismo internacional que la República fue la primera forma democrática de gobierno en la España del siglo XX. Con sus errores e imperfecciones (como cualquier democracia, pasada o actual) resulta homologable al resto de democracias existentes en ese mismo momento. La conflictividad social y la violencia política fueron una de sus características, como también en los periodos precedentes (sin ir más lejos, durante la monarquía de la Restauración) o en otras democracias de la época.
La no integración en este texto del conocimiento histórico y riguroso sobre el pasado que la historiografía ha ido construyendo desde hace ya unas décadas, lo sitúa en el fondo muy lejos de la objetividad y la imparcialidad que se afirma buscar. Así, por ejemplo, al mismo tiempo que se califica de la manera mencionada a la Segunda República, no se dice nada ni se valora la dictadura franquista, hasta el punto de que nunca la denominan como tal: la expresión “dictadura franquista” no se encuentra en ninguna de las siete páginas de la Ley. Asimismo, diluye la especificidad y la centralidad histórica de la guerra y la dictadura franquista. Se mezclan épocas y categorías históricas muy diferentes entre sí y se aleja, de este modo, el foco del debate del periodo 1936-1975, esto es, de la Guerra Civil y el franquismo. Así, se hace referencia 4 veces a la “Guerra Civil” y 3 a la dictadura franquista; en cambio, la “República” (o 1931) aparece mencionada 5 veces y el “terrorismo” 8 veces. Es decir, el terrorismo recibe, por sí solo, las mismas menciones que la Guerra Civil y la dictadura juntas. Es todavía más evidente en el articulado, la parte más importante de la ley: contiene 6 menciones expresas al terrorismo y 2 a la República, pero ninguna a la guerra ni a la dictadura franquista, hechos centrales para la historia del siglo XX español.
Por otro lado, el texto jerarquiza entre terrorismos. A pesar de la centralidad que la Proposición de Ley da al terrorismo, la Ley no habla de todos los que han golpeado a la sociedad española; se centra solo en uno: ETA. En cambio, nada dice, por ejemplo, del terrorismo de extrema derecha o el de los GAL, ni tampoco del mayor atentado de la historia de España (y de Europa en las últimas décadas), el 11-M, obra del terrorismo islamista (más que “islámico”). Y todavía más, la Proposición mezcla y jerarquiza a las víctimas. A pesar de afirmar que “no importa el bando, ni el origen ni las creencias” de las víctimas, jerarquiza claramente entre víctimas y no les da la misma importancia. Por un lado, de las víctimas del franquismo no dice nada: ni una cifra aproximada, ni una mención expresa. Así, el articulado habla 5 veces de “víctimas del terrorismo”, pero ninguna de “víctimas de la guerra” o “víctimas de la dictadura franquista”; de hecho, los proponentes evitan incluso referirse directamente y recurren a un circunloquio: “las víctimas a las que hace referencia la Ley 20/2022”. De la otra, la Proposición se inventa una categoría de víctimas porque no hay, históricamente, nada que pueda denominarse “víctima de la Segunda República”, por la misma razón que no tendría sentido hablar de “víctimas de la monarquía borbónica” para las víctimas de ETA a partir de noviembre de 1975.
3) El texto muestra una falsa equiparación –además de imposible desde el punto de vista histórico y ético– entre dictadura y democracia. Se confunde el ámbito privado y el público, es decir, entre, por un lado, la memoria personal/familiar y, del otro, la memoria social y la conmemoración por parte de las instituciones públicas. En primer lugar, y al contrario de lo que pasó desgraciadamente durante la dictadura franquista, en democracia todas las familias tienen derecho a recordar a sus seres queridos muertos durante la guerra y la posguerra. La única diferencia es que miles de familias de víctimas de la represión franquista todavía no saben dónde están sus familiares. En segundo lugar, nunca en democracia y todavía menos desde una institución pública se puede hablar de “enseñar que no importa el bando, ni el origen ni las creencias”. ¿Aplicarían los proponentes de la Ley esa misma frase en la Alemania nazi… o a los terroristas de ETA? En democracia, la igualdad de las víctimas en el dolor, la dignidad de ser lloradas y recordadas no puede equivaler, nunca, a una igualación de las causas por las que murieron. Porque, no hay —ni puede haber— “equilibrio” posible entre quien defendió la democracia y quien luchó durante cuarenta años para destruirla y evitar su retorno. Resulta imposible equiparar una democracia a una dictadura desde el punto de vista de nuestros valores democráticos de una sociedad.
4) En la Exposición de Motivos, los proponentes afirman querer “restaurar el equilibrio perdido”, se supone —a pesar de que no lo explican— que entre las diferentes memorias. Por desgracia, no ha habido nunca, ni antes ni después de 1975, un equilibrio de memorias en la esfera pública respecto a la traumática historia del siglo XX español. Hasta la muerte del dictador Franco, lo impidieron las políticas de memoria impuestas —sin posibilidad de discrepancia— durante cuarenta años. Con la recuperación de la democracia a finales de los años setenta, ese desequilibrio se mantuvo porque las instituciones no llevaron a cabo decididas políticas públicas de memoria democrática.
Solo en las dos últimas décadas ese equilibrio se había empezado a matizar parcialmente, a partir de las investigaciones académicas y del impulso de las asociaciones de memoria. Pero no ha sido compensado ni ha desaparecido nunca, sino que continuará existiendo mientras miles de familiares todavía no sepan dónde están enterrados sus familiares y no se cumplan la legislación internacional y los principios de la ONU sobre verdad, justicia, reparación y garantías de no-repetición, como obliga el artículo 10.2 de la Constitución Española de 1978. Por lo tanto, lo que no conviene ahora es que, desde las instituciones y administraciones públicas, se perpetúe ese desequilibrio, sino que se ayude a corregirlo.
Así pues, por todo aquello expuesto, las instancias bajo-firmantes expresan su rechazo tanto al actual texto de la Proposición como también a la derogación de la Ley valenciana de Memoria Democrática; invitan a todas las personas que así lo deseen a hacer suya y apoyar la presente Declaración; piden respetuosamente a los Grupos Parlamentarios presentes en las Cortes Valencianas que no aprueben la Ley y se muestren dispuestas, a tal fin, a reunirse con los Grupos Parlamentarios que así lo deseen para exponer y dialogar en detalle sobre los motivos recogidos en la presente Declaración.
En Alicante, Castelló y València, a 30 de abril de 2024
Declaración elaborada por los Departamentos de:
– Historia Moderna y Contemporánea de la Universitat de València
– Historia, Geografía y Arte de la Universitat Jaume I de Castelló
– Humanidades Contemporáneas de la Universidad de Alicante
Adhesiones:
– Junta de la Facultad de Geografía e historia, Universitat de València
– Equipo decanal de la Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Alicante
– Área de Didáctica de las Ciencias Sociales, Universitat de València
– Cátedra de Historia y Memoria Democrática de la Universitat Jaume I de Castelló
– Aula de Historia y Memoria Democrática de la Universitat de València
– Revista Pasado y Memoria, Universidad de Alicante
Hemos considerado que merecería la pena abrir un espacio para las adhesiones particulares a esta declaración, más allá de las institucionales. Por ello, invitamos a todas las personas que así lo deseen a hacer suya y apoyar la presente Declaración a título individual firmando en:
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