dilluns, 18 de gener del 2016

La ARMHEX INSTA AL ARZOBISPO DE MÉRIDA-BADAJOZ, PARA QUE RETIRE UN SÍMBOLO PÚBLICO FRANQUISTA CONMEMORATIVO DE EXALTACIÓN EN LA LOCALIDAD DE HORNACHOS (BADAJOZ).


NOTA DE PRENSA
Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura
(ARMHEX)
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La Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura (ARMHEX), INSTA AL ARZOBISPO DE MÉRIDA-BADAJOZ, PARA QUE RETIRE UN SÍMBOLO PÚBLICO FRANQUISTA CONMEMORATIVO DE EXALTACIÓN EN LA LOCALIDAD DE HORNACHOS (BADAJOZ), en un recinto de propiedad eclesiástica, en concreto en la Plaza de la ermita de la Virgen de los Remedios, de HORNACHOS (Badajoz).

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Dentro de nuestra campaña permanente en pro de solicitar la eliminación de los vestigios de la simbología franquista en nuestra región en aplicación de la Ley, en recientes fechas  mediante SOLICITUD presentada en legal, forma, al amparo del art. 15.1º de la Ley 52/2007; la ARMHEX, ha solicitado que se acuerde por orden del Sr. Arzopbispo Don Celso Morga Iruzubieta, la retirada de un símbolo franquista que aún permanece en un recinto propiedad de la Iglesia en Hornachos, en concreto un Monolito-Placa Cruz franquista con la leyenda “CAIDOS POR DIOS Y POR LA PATRIA, ¡PRESENTES!”, sita en el Paseo o Plaza de la ermita de la Virgen de los Remedios, de HORNACHOS, presidida por el escudo del partido fascista Falange española (yugo y flechas), con leyenda del líder fascista en primer lugar de “José Antonio”, que se encuentra a la entrada de la citada ermita.

Se da la circunstancia de que el emplazamiento en que se ubica y permanece actualmente (es propiedad de la Iglesia según consta en el Registro de la Propiedad de Almendralejo), pues el Paseo de la ermita fue inscrito como tal por la Iglesia, y por ende  lo convierten en un testimonio presente del triunfo de los vencedores en la Guerra Civil y memoria de humillación para los vencidos, sus víctimas y sus descendientes.

Precisamente, el ser el lugar donde se ubica, propiedad de la Iglesia, fue el argumento esgrimido por el Ayuntamiento de la localidad en anteriores solicitudes, para inhibirse de la cuestión, remitiendo a las autoridades eclesiásticas.

La asociación que suscribe, considera que la permanencia del citado símbolo, en el espacio público de la Iglesia en la citada localidad hiere la sensibilidad democrática de cualquier ciudadano y constituye una ofensa para la sociedad de Hornachos y extremeña en general, que sufrió la represión franquista, en numerosas y variadas formas, por el régimen dictatorial surgido del golpe de Estado de 1936 contra el gobierno legítima constituido de la II República. Consideramos por imperativo legal que debe ser retirado este símbolo franquista que representa y exalta textualmente la sublevación militar, la guerra civil y la “victoria” de los sublevados contra el orden constitucional entonces vigente. Y todo ello, por cuanto, el espacio público no puede albergar expresiones contrarias a los valores de una sociedad democrática, extremo éste que suponemos a buen seguro, debería compartir el Arzobispado.

Es evidente, que en la Ley 52/2007, en concreto su artículo 15.1º, y así lo reafirma su exposición de motivos, se vienen a establecer una serie de medidas en relación con la retirada de los símbolos y monumentos conmemorativos de la Guerra Civil o de la Dictadura, esto es, escudos, insignias, placas y otros objetos o  menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva; medidas de retirada que están sustentadas en la Ley, en el principio de evitar toda exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión franquista de la Dictadura, en el convencimiento de que los ciudadanos tienen derecho a que así sea, y a que los símbolos públicos sean ocasión de encuentro y no de enfrentamiento, ofensa o agravio, como el caso de este monolito de los caídos.

Esta obligación legal de retirada de la simbología, también afecta a los propietarios privados como sería el caso.

Además como dice también el apartado 4, del art. 15 de la Ley: 4. Las Administraciones públicas podrán retirar subvenciones o ayudas a los propietarios privados que no actúen del modo previsto en el apartado 1 de este artículo.

Este tipo de inscripciones de los caídos, tienen su origen en una decisión radicalmente ilegal e ilegítima de la Junta política de Falange que dio lugar a un Decreto franquista en plena guerra civil del bando sublevado contra el orden constitucional vigente, en concreto un Decreto del dictador rebelde de 16 de noviembre de 1938, en lo que llamaba "III año triunfal" (publicado en el BOE de Burgos de 17-11-1938, sede de los rebeldes), que fijó el 20 de noviembre como "día de luto nacional" en lo sucesivo y que ordenaba que en cada pueblo, en cada municipio en lugar visible "... figurará una inscripción que contenga el nombre de José Antonio y en si caso los nombres de sus Caídos, la Cruzada" que sería motivo de perenne recuerdo, como en efecto lo fue, puesto que en casi todos los pueblos y ciudades de España, ya fuera en los camposantos, en las fachadas de edificios públicos de toda clase y atrios de las iglesias y catedrales o en las casas consistoriales, se fijaron las correspondientes lápidas según el propio ritual falangista-fascista.

La vinculación entre los orígenes del monumento, la finalidad para la que fue construido, los responsables de su construcción y la utilización que se hizo del mismo durante la dictadura, por un lado, y la exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión, por otro lado, resulta evidente y notoria.

Por todo ello, la obligación de cumplir las leyes es connatural a un estado de derecho y si una norma con rango y forma de Ley, impone una determinada conducta (retirada de estos símbolos), debe llevarse a cabo. Nadie está al margen o por encima de la ley y, desde luego, no le corresponde al Arzobispado de Mérida-Badajoz, ponderar su cumplimiento, sino cumplirla lisa y llanamente, de tal manera que si una norma impone retirar determinados símbolos, ha de llevarse a cabo tal mandato. Por ello el Arzobispado al que nos hemos dirigido, lo que debe hacer es acatar su obligación de cumplir la ley y ello al margen de que lo hayan hecho o no las administraciones locales o que se hubiera o no hecho en el pasado; pues no cabe la igualdad en la ilegalidad, según repetida doctrina del Tribunal Constitucional.

No cumplir con esta petición que se formula,  incumpliría la ley, y sería contraria al ordenamiento jurídico, pudiendo incurrir este Arzobispado en un ilícito, dado el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la Ley, hace ya 8 años.

Se pide por ello al ARZOBISPADO DE MÉRIDA-BADAJOZ, que en aplicación del art. 15.1º de la Ley 52/2007, se acuerde inmediata RETIRADA TOTAL E INCONDICIONAL del citado símbolo franquista.

La Armhex, lo pide, por legalidad, y por respeto, dignidad, reparación y justicia para con las víctimas del franquismo y sus familiares, de Hornachos (victimas que ascienden a más de 110 asesinados en la localidad por parte de los rebeldes franquistas).

Hasta la fecha, el Arzobispado no ha contestado en sentido alguno, a la petición cursada.



PD

DOCUMENTACIÓN ADJUNTA

Certificación registral que acredita que el Paseo o plaza donde se ubica el monumento, es propiedad de la Iglesia.


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ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA DE EXTREMADURA (ARMHEX).



Apartado de Correos nº 17
BADAJOZ. 06080.