NOTA
DE PRENSA
Asociación
para la Recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura
(ARMHEX)
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La
Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura
(ARMHEX), INSTA AL ARZOBISPO DE MÉRIDA-BADAJOZ, PARA QUE RETIRE UN SÍMBOLO
PÚBLICO FRANQUISTA CONMEMORATIVO DE EXALTACIÓN EN LA LOCALIDAD DE HORNACHOS
(BADAJOZ), en un recinto de propiedad eclesiástica, en concreto en la Plaza de
la ermita de la Virgen de los Remedios, de HORNACHOS (Badajoz).
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Dentro
de nuestra campaña permanente en pro de solicitar la eliminación de los
vestigios de la simbología franquista en nuestra región en aplicación de la
Ley, en recientes fechas mediante SOLICITUD presentada en legal, forma, al amparo del art.
15.1º de la Ley 52/2007; la ARMHEX, ha solicitado que se acuerde por
orden del Sr. Arzopbispo Don Celso Morga Iruzubieta, la retirada de un símbolo
franquista que aún permanece en un recinto propiedad de la Iglesia en
Hornachos, en concreto un Monolito-Placa Cruz franquista con la leyenda “CAIDOS
POR DIOS Y POR LA PATRIA, ¡PRESENTES!”, sita en el Paseo o Plaza de la ermita
de la Virgen de los Remedios, de HORNACHOS, presidida por el escudo del partido
fascista Falange española (yugo y flechas), con leyenda del líder fascista en
primer lugar de “José Antonio”, que se encuentra a la entrada de la citada
ermita.
Se
da la circunstancia de que el emplazamiento en que se ubica y permanece
actualmente (es propiedad de la Iglesia según consta en el Registro de la
Propiedad de Almendralejo), pues el Paseo de la ermita fue inscrito como tal por
la Iglesia, y por ende lo convierten en un testimonio presente del
triunfo de los vencedores en la Guerra Civil y memoria de humillación para los
vencidos, sus víctimas y sus descendientes.
Precisamente,
el ser el lugar donde se ubica, propiedad de la Iglesia, fue el argumento
esgrimido por el Ayuntamiento de la localidad en anteriores solicitudes, para
inhibirse de la cuestión, remitiendo a las autoridades eclesiásticas.
La
asociación que suscribe, considera que la permanencia del citado símbolo, en el
espacio público de la Iglesia en la citada localidad hiere la sensibilidad
democrática de cualquier ciudadano y constituye una ofensa para la sociedad de
Hornachos y extremeña en general, que sufrió la represión franquista, en
numerosas y variadas formas, por el régimen dictatorial surgido del golpe de
Estado de 1936 contra el gobierno legítima constituido de la II República.
Consideramos por imperativo legal que debe ser retirado este símbolo franquista
que representa y exalta textualmente la sublevación militar, la guerra civil y
la “victoria” de los sublevados contra el orden constitucional entonces
vigente. Y todo ello, por cuanto, el espacio público no puede albergar
expresiones contrarias a los valores de una sociedad democrática, extremo éste
que suponemos a buen seguro, debería compartir el Arzobispado.
Es
evidente, que en la Ley 52/2007, en concreto su artículo 15.1º, y así lo
reafirma su exposición de motivos, se vienen a establecer una serie de medidas
en relación con la retirada de los símbolos y monumentos conmemorativos de la
Guerra Civil o de la Dictadura, esto es, escudos, insignias, placas y otros
objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva;
medidas de retirada que están sustentadas en la Ley, en el principio de evitar
toda exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión
franquista de la Dictadura, en el convencimiento de que los ciudadanos
tienen derecho a que así sea, y a que los símbolos públicos sean ocasión de
encuentro y no de enfrentamiento, ofensa o agravio, como el caso de este
monolito de los caídos.
Esta
obligación legal de retirada de la simbología, también afecta a los
propietarios privados como sería el caso.
Además
como dice también el apartado 4, del art. 15 de la Ley: 4. Las
Administraciones públicas podrán retirar subvenciones o ayudas a los
propietarios privados que no actúen del modo previsto en el apartado 1 de este
artículo.
Este
tipo de inscripciones de los caídos, tienen su origen en una decisión
radicalmente ilegal e ilegítima de la Junta política de Falange que dio lugar a
un Decreto franquista en plena guerra civil del bando sublevado contra el orden
constitucional vigente, en concreto un Decreto del dictador rebelde de 16 de
noviembre de 1938, en lo que llamaba "III año triunfal" (publicado en
el BOE de Burgos de 17-11-1938, sede de los rebeldes), que fijó el 20 de
noviembre como "día de luto nacional" en lo sucesivo y que
ordenaba que en cada pueblo, en cada municipio en lugar visible "...
figurará una inscripción que contenga el nombre de José Antonio y en si caso
los nombres de sus Caídos, la Cruzada" que sería motivo de perenne
recuerdo, como en efecto lo fue, puesto que en casi todos los pueblos y
ciudades de España, ya fuera en los camposantos, en las fachadas de edificios
públicos de toda clase y atrios de las iglesias y catedrales o en las casas
consistoriales, se fijaron las correspondientes lápidas según el propio ritual
falangista-fascista.
La
vinculación entre los orígenes del monumento, la finalidad para la que fue
construido, los responsables de su construcción y la utilización que se hizo
del mismo durante la dictadura, por un lado, y la exaltación de la
sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión, por otro lado,
resulta evidente y notoria.
Por
todo ello, la obligación de cumplir las leyes es connatural a un estado de
derecho y si una norma con rango y forma de Ley, impone una determinada
conducta (retirada de estos símbolos), debe llevarse a cabo. Nadie está al
margen o por encima de la ley y, desde luego, no le corresponde al Arzobispado
de Mérida-Badajoz, ponderar su cumplimiento, sino cumplirla lisa y
llanamente, de tal manera que si una norma impone retirar determinados
símbolos, ha de llevarse a cabo tal mandato. Por ello el Arzobispado al que nos
hemos dirigido, lo que debe hacer es acatar su obligación de cumplir la ley y
ello al margen de que lo hayan hecho o no las administraciones locales o que se
hubiera o no hecho en el pasado; pues no cabe la igualdad en la ilegalidad,
según repetida doctrina del Tribunal Constitucional.
No
cumplir con esta petición que se formula, incumpliría la ley, y sería
contraria al ordenamiento jurídico, pudiendo incurrir este Arzobispado en un
ilícito, dado el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la Ley, hace
ya 8 años.
Se
pide por ello al ARZOBISPADO DE MÉRIDA-BADAJOZ, que en aplicación del
art. 15.1º de la Ley 52/2007, se acuerde inmediata RETIRADA TOTAL E
INCONDICIONAL del citado símbolo franquista.
La
Armhex, lo pide, por legalidad, y por respeto, dignidad, reparación y justicia
para con las víctimas del franquismo y sus familiares, de Hornachos (victimas
que ascienden a más de 110 asesinados en la localidad por parte de los rebeldes
franquistas).
Hasta
la fecha, el Arzobispado no ha contestado en sentido alguno, a la petición
cursada.
PD
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Certificación registral que acredita que el Paseo o plaza
donde se ubica el monumento, es propiedad de la Iglesia.
--
ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA
HISTÓRICA DE EXTREMADURA (ARMHEX).
Apartado de Correos nº 17
BADAJOZ. 06080.
BADAJOZ. 06080.
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