Una jueza rompe con lo establecido y abre la puerta a la investigación de los crímenes cometidos durante la dictadura. En una resolución de gran valor para las víctimas, el Juzgado de Instrucción nº50 de Madrid ha decidido admitir a trámite una querella contra cuatro viejos policías, entre ellos el comisario jubilado José Manuel Villarejo, por crímenes de lesa humanidad y torturas contra un militante antifranquista. El paso dado es de suma importancia. Al fin y al cabo, el modo de proceder de los tribunales en este tipo de casos siempre ha pasado por la inadmisión. De hecho, solo en los últimos años la justicia ha rechazado dar trámite a más de un centenar de querellas centradas en los crímenes cometidos durante la dictadura. La última, a comienzos de mayo.
Julio Pacheco fue detenido el 24 de agosto de 1975, una semana después de que el Frente Revolucionario Antifascista Patriota (FRAP) asesinase a las puertas de su casa al teniente de la Guardia Civil Antonio Pose. Entonces, no era más que un estudiante de segundo de biológicas de 19 años que militaba en el Partido Comunista de España marxista-leninista y en la Federación Universitaria Democrática Española (FUDE).Aquel muchacho se pasó siete días en las dependencias de la Dirección General de Seguridad, en plena Puerta del Sol. Una semana de continuas torturas. Durante los tres primeros días, ni siquiera le abrieron la pertinente ficha policial, lo que en la práctica implicaba que durante esas setenta y dos horas ni siquiera constaba que estuviese allí retenido.
Tras la aprobación de la nueva Ley de Memoria Democrática, Pacheco decidió llevar su caso a los tribunales. Era momento de probar si a nivel judicial funcionaba aquella enmienda pactada a última hora para que la nueva norma dejase claro que "todas las leyes" del Estado deben interpretarse y aplicarse "de conformidad con el Derecho internacional convencional y consuetudinario y, en particular, con el Derecho Internacional Humanitario, según el cual los crímenes de guerra, de lesa humanidad, genocidio y tortura tienen la consideración de imprescriptibles y no amnistiables". Junto a él, llevaron su caso a los juzgados otras tres personas más. Todas ellas, torturadas en los últimos compases de la dictadura.
Ahora, tres meses después, la jueza Ana María Iguácel ha admitido a trámite la querella de Pacheco. "Esta resolución es como un balón de oxígeno para las víctimas, que siempre han tenido cerradas las puertas de la administración de Justicia", explica a infoLibre Jacinto Lara, abogado de la Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina (Ceaqua). La tramitación de la denuncia ya es, por sí sola, un paso "excepcional y extraordinario" que el letrado espera que se pueda ir replicando en otros supuestos similares. Al fin y al cabo, rompe de lleno con la política de inadmisión de denuncias seguida hasta ahora por los tribunales españoles en relación con las víctimas del franquismo.
Solo en los últimos años, diferentes instancias judiciales han rechazado la admisión a trámite de más de un centenar de querellas de este tipo. Las últimas, este mismo año. A comienzos de abril, una magistrada de Ferrol acordó el archivo de la denuncia presentada por la familia de Xosé Ramón Reboiras, uno de los dirigentes políticos más significativos del nacionalista Unión do Povo Galego (UPG) que murió durante una operación policial. Y un mes después, fue un juzgado de Pamplona el que inadmitió la presentada por María Concepción Edo por las torturas sufridas durante su detención en junio de 1973, en plena huelga general que paralizó todo el cinturón industrial de la capital Navarra. "Se ensañaron en el viente, me desplazaron la vejiga", relató la mujer en febrero.
De nada sirvió en estos dos últimos casos la enmienda incorporada a la Ley de Memoria. De hecho, en el caso de Ferrol la magistrada dejó claro en el auto que los "razonamientos" jurídicos que hasta la fecha ha esgrimido la justicia española para no investigar los crímenes del franquismo no se ven "alterados" por la aclaración recogida en la norma memorialista. Una línea de razonamiento mantenida por los tribunales que puede resumirse de la siguiente forma: como el crimen de lesa humanidad –que no prescribe– no estuvo activo en el Código Penal hasta 2004, no puede contemplarse para casos del franquismo y, por tanto, lo sucedido en aquella época debe estudiarse como delitos comunes, que ya estarían prescritos. Un problema al que se suma la Ley de Amnistía.
Esta interpretación, apuntalada por el Supremo y sobre la que ha evitado pronunciarse el Constitucional para el caso de las víctimas del franquismo, coincide al milímetro con la que ha mantenido desde hace años la propia Fiscalía, que ya se opuso antes de la pandemia a que se investigara al expolicía de la Brigada Político Social Antonio González Pacheco, alias Billy el Niño, al entender que los hechos no serían constitutivos de crímenes de lesa humanidad y que las torturas ya habrían prescrito. Un Ministerio Público que ahora deberá volver a pronunciarse tras el paso dado por el Juzgado de Instrucción nº50 de Madrid. "Ahora la pelota está en su tejado. Esperemos que esta vez no recurran la decisión adoptada", señala Lara al otro lado del teléfono.
"Nunca se había tomado testimonio a las víctimas"
En el equipo jurídico de Ceaqua son conscientes, por tanto, de que aún existe el riesgo de que la Fiscalía trate de frenar el procedimiento. Pero mientras tanto, celebran el paso dado a nivel judicial por el chute de "motivación" que supone para las víctimas. Porque el auto no solo se limita a admitir a trámite la denuncia, sino que también pone fecha y hora a la declaración del querellante y hasta de una testigo. "Nunca en un juzgado español se había tomado testimonio a las víctimas", sostiene Lara. Hasta ahora, la única justicia que lo ha hecho ha sido la argentina, en el marco de la causa sobre los crímenes del franquismo que instruye la jueza María Servini desde hace más de una década. Un procedimiento que se ha topado una y otra vez con las limitaciones que ponen las autoridades españolas.
La resolución, además, es importante porque, como explica el abogado, es la primera vez que se recogen una serie de diligencias de prueba para tratar de "profundizar" en la investigación del caso. La jueza, en concreto, acuerda librar un oficio al Archivo Histórico Nacional para que remita al juzgado toda la documentación que tenga en sus fondos relativa a Julio Pacheco. Y otro a la Dirección General de la Policía para que le envíe el expediente policial concreto de la víctima y, más específicamente, el concerniente a su detención. "Llevo dos años esperando para que me den mi informe policial", recordaba el querellante el pasado mes de febrero en una rueda de prensa celebrada en la sede de CCOO de Madrid.
Aunque aún no ha fijado fecha, la magistrada también acuerda recibir declaración a los querellados en calidad de investigados. En total, cuatro viejos miembros de la Policía: José Manuel Villarejo, José María González Reglero, José Luis Montero Muñoz y Álvaro Valdemoro. El primero de ellos es sobradamente conocido. Este comisario jubilado, adicto a las grabaciones y pieza principal del caso Tándem, ingresó en el Cuerpo Nacional de Policía a comienzos de los setenta. Y, como otros muchos, pasó por la Comisaría General de Investigación Social en Madrid, donde trabajó a las órdenes del oscuro comisario Roberto Conesa. De hecho, en el expediente de este último, desvelado por elDiario.es, consta cómo Villarejo participó justamente en agosto de 1975 en una operación contra el FRAP por la que fue premiado con 25.000 pesetas.
Pero el nombre de Villarejo no es el único que aparece en los medios. El 21 de enero de 1977, el diario El País recogía la celebración de un juicio contra tres funcionarios de la Brigada de Investigación Social por los supuestos malos tratos y lesiones a Fermín Espejo, estudiante de Magisterio que también fue detenido en las operaciones policiales llevadas a cabo tras el asesinato del teniente Pose. Los tres acusados eran entonces Álvaro Valdemoro, José Luis Montero y José María González Reglero. Fueron absueltos.
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