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Las videoconferencias de víctimas previstas para este miércoles han sido suspendidas por la jueza a raíz de una queja del ministerio de Asuntos Exteriores, que retuerce la interpretación del tratado bilateral suscrito por ambos países en 1987.
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Abogados argentinos acusan alembajador de España en Argentina, Carlos Bettini, de violar "los reglamentos que exigen su función" al pedirle a la jueza María Servivni que suspenda las videoconferencias previstas para que declararan las víctimas del franquismo ante la Justicia argentina. Según señalan los letrados, en un texto al que ha tenido acceso Público, el Tratado bilateral que mencionan las autoridades españolas para pedir la suspensión de las videoconferencias no es aplicable en este caso, puesto que la asistencia que contempla dicho Tratado debe darse "en todos aquellos supuestos en que sea necesaria la práctica de medidas por parte del país requerido". Éste no es el caso, pues no se necesita esa asistencia al poder tramitarse el procedimiento a través de las delegaciones diplomáticas.
Los abogados sostienen, asimismo, que tampoco es cierto lo que afirma el Ministerio de Asuntos Exteriores español, que dirige José Manuel García-Margallo, cuando afirma que es una comisión rogatoria la que tiene que hacer este tipo de diligencias, en base al Tratado bilateral. Éste, sin embargo, no se aplica cuando "los testigos se someten directamente a una jurisdicción, sea viajando o sea prestando su testimonio a través de la embajada o el consulado", como es el caso.
Bloquear la investigación
Los abogados añaden que, "en el mismo edificio que la embajada, se realizan en forma periódica videoconferencias en las que declaran víctimas y testigos en las causas que instruyen los jueces argentinos contra los responsables de la última dictadura argentina y los de las dictaduras latinoamericanas. Nunca el Ministerio de Relaciones Exteriores español -continúa el escrito- tuvo la ocurrencia de invocar el tratado para impedir su concreción. Esto lo sabe, naturalmente, el embajador argentino, del mismo modo que sabe que la embajada en la que vive es territorio argentino. El supuesto es idéntico, aunque parece aceptar una diferencia: cuando, como en este caso, se trata de investigar los crímenes del franquismo", concluye el escrito. En el mismo, los abogados también recuerdan a la jueza que ella misma libró dos comisiones rogatorias en relación a la causa, a la que respondieron las autoridades españolas indicando queArgentina no pintaba nada y que en España ya se estaban investigando los crímenes del franquismo, lo que cual no es cierto.
Las quejas de los letrados argentino por el comportamiento de Exteriores se suman a las de los abogados españoles en el mismo sentido, cuando supieron que el Ministerio había emitido una nota verbal al embajador en Buenos Aires mostrando su rechazo a la toma de declaración de las víctimas al no respetar el “tratado bilateral de extradicción y asistencia judicial en materia penal de 1987” que, a juicio del Gobierno español, obliga a Argentina a cursar una solicitud mediante comisión rogatoria para poder realizar las videoconferencias.
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