NOTA DE PRENSA
Asociación para
la Recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura
““La
ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA DE EXTREMADURA
(ARMHEX), ha cursado en legal forma ante el registro, una petición a la
Alcaldía del AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA SERENA (BADAJOZ) en aplicación de
la Ley 52/2007, conocida como de la Memoria Histórica; para que el
pleno de la Corporación acuerde, la retirada de la MEDALLA DE ORO de la ciudad
de VILLANUEVA DE LA SERENA, al militar golpista, MANUEL GÓMEZ CANTOS, que
actualmente aún ostenta, desde el 3 de marzo de 1939”.
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La
ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA DE EXTREMADURA
(ARMHEX), ha instado a la Alcaldía y al equipo de gobierno del Ayuntamiento
de Villanueva de la Serena (Badajoz), para que en aplicación del art. 15.1º
de la Ley 52/2007, se acuerde por el Pleno de dicha Corporación, la revocación
y retirada de la Medalla de Oro de la ciudad, mención honorifica, que
actualmente ostenta, al capitán golpista Manuel Gómez Cantos, de infausto
recuerdo y pasado criminal.
Se
trata de que se revoque el acuerdo
que se adoptó en la Sesión Plenaria celebrada en ese Ayuntamiento el día 3 de
marzo de 1939, por la Comisión gestora nombrada por los rebeldes franquistas,
se concedió por "unanimidad" la MEDALLA DE ORO de la ciudad de
VILLANUEVA DE LA SERENA, al capitán, entonces recién ascendido comandante por
méritos de guerra, MANUEL GÓMEZ CANTOS, rindiendo "especial homenaje de
agradecimiento y admiración y en "prueba de cariñosa gratitud y público
reconocimiento de los relevantes méritos que con elevadas miras patrióticas
contrajo defendiendo esta población desde el 20 al 29 de julio de 1936"
, haciendo mención la citada Comisión gestora de la Corporación de Villanueva
de la Serena a que se “recuerda con emoción aquellos primeros días del
Glorioso Movimiento nacional en los que el entonces capitán de la guardia civil
D. Manuel Gómez Cantos con valiente y entusiasta decisión libró a esta
población de la tiranía marxista” (cita textual), según consta en el Libro
de Actas de ese Excmo. Ayuntamiento y en el expediente personal militar de dicho
personaje que se conserva en el Archivo histórico de la Guardia Civil.
Se pide
por ello al Excmo. Ayuntamiento de VILLANUEVA DE LA SERANA, que en aplicación
del art. 15.1º de la Ley 52/2007, se acuerde por el Pleno de dicha Corporación,
en legal forma, la revocación del acuerdo de su concesión y retirada de la
citada Medalla de Oro al militar golpista Manuel Gómez Cantos, en aplicación de
la Ley, toda vez que las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus
competencias, están obligadas a tomar las medidas oportunas para la retirada de
menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación
militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura, como es el caso.
Desde
la ARMHEX, consideramos que esa distinción, ese honor, y esa medalla, deben ser
revocados tanto por cuestiones de legalidad (Ley 52/2007), como por respeto a
todos los ciudadanos demócratas de Villanueva de la Serena, y de Extremadura, y
procede por ello, una declaración en legal forma en ese sentido.
Esas
medidas de retirada están sustentadas en la Ley, en el principio de evitar toda
exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión
franquista de la Dictadura, en el convencimiento de que los ciudadanos tienen
derecho a que así sea, y a que las menciones públicas sean ocasión de encuentro
y no de enfrentamiento, ofensa o agravio, como sería el caso, donde la
permanencia de la concesión de la Medalla de oro de la ciudad al citado militar
golpista, suponen de una clara ofensa para la memoria de las víctimas del
franquismo y sus familiares, al margen de suponer una exaltación de la
sublevación militar, inaceptable de asumir en pleno siglo XXI, por un Ayuntamiento
democrático.
Consideramos
que no pueden ser distinguidos por la Medalla de Oro de la ciudad de Villanueva
de la Serena, el Sr. Gomez Cantos, que con sus acciones participó activamente
en un golpe militar, sumió a la localidad en el terror, y tras la toma
definitiva de la misma, instigó el asesinato sumario de muchos vecinos
defensores de la legalidad vigente de la II República por ese mero hecho, entre
ellos a destacados miembros y concejales de la propia corporación que habían
sido elegidos democráticamente. No se puede honrar a quienes conculcaron los
más elementales Derechos Humanos de muchos vecinos, amparándose para ello en la
fuerza de un golpe militar contra la legalidad constitucional republicana
entonces vigente. No se puede perpetuar ni un día más, el honor de la Medalla
de Oro de una ciudad, a aquellos que, como Gómez Cantos, tanto dolor infligió,
a muchos conciudadanos y familias de la localidad. Nombrar al que en 1936 era
el sanguinario capitán de la Guardia Civil en Villanueva de la Serena
(Badajoz), es aún hoy, 77 años después, sinónimo de muerte y miedo. Dejó una
huella indeleble en los republicanos, a los que masacró inmisericordemente.
Algunos
datos.-
Una vez
iniciada la sublevación en Marruecos y conocida la situación en el resto del
país, Gómez Cantos, obviando las órdenes recibidas desde su Comandancia,
declaró el estado de guerra en Villanueva de la Serena haciéndose con el
control de la población que estuvo en manos rebeldes en un principio, hasta la
finalización del mes de julio de 1936.
Son
numerosos los ejemplos que podríamos referir de la criminal actuación de Gómez
Cantos. Un primer caso lo encontramos en las numerosas detenciones que practicó
en Villanueva de la Serena durante los diez días que tuvo a esta población en
su poder en julio de 1936. Decidió trasladarlos hasta la Prisión Provincial de
Cáceres, población que ya se encontraba en zona sublevada. No obstante, antes
de llegar a la capital provincial aplicó la “ley de fugas” a algunos de los
arrestados que él estimaba más significados con la República. De esta forma,
antes de llegar a su destino, y simulando un tiroteo con un grupo que asediaba
el traslado de los detenidos, se produjeron varios disparos que acabaron con la
vida de uno de los concejales del ayuntamiento frentepopulista y con heridas
graves a otros tres presos, uno de ellos era el último alcalde republicano,
Rafael García Calderón, que moriría pocos días después del suceso en el
hospital cacereño. El número de detenidos y enviados en total, a la cárcel de
Cáceres fue de cincuenta y siete. Cincuenta y cuatro eran originarios de
Villanueva de la Serena y los otros tres se incorporaron al grupo de presos a
su paso por Miajadas. Allí les esperaba, a la mayoría de ellos, un auténtico
calvario de dos años de duración hasta que pudieron volver a su pueblo, no para
ser libres sino para ser fusilados después en un simulacro de juicio sumario,
por orden directa de Gómez Cantos como delegado de Orden Público de la
provincia de Badajoz, y donde la sentencia parecía estar dictada desde mucho
tiempo atrás. De esta forma, el 9 de septiembre de 1938 en Medellín (Badajoz)
fueron ejecutados treinta y tres personas del grupo enviado a Cáceres en julio
de 1936.
Como
delegado de Orden Público en la provincia pacense, y al margen de la ya
señalada ejecución de Medellín, mostró control despótico en toda su
demarcación.
Estuvo al
frente de varios puestos de especial relevancia, siempre en relación con la
persecución de “desafectos y maquis” al régimen franquista en Extremadura. La
contundencia que mostró hacia estos hombres y sus familias dejó una huella
imborrable que no se ha desvanecido desde entonces. Sus víctimas después de la
guerra fueron, fundamentalmente, huidos en los montes, guerrilleros, enlaces de
la guerrilla, campesinos de escasa relación con los anteriores e, incluso,
hombres del Instituto armado; es decir, guardias civiles que, a la postre,
fueron los últimos sacrificados en esta espiral de violencia que tuvo como
escenario principal campos y montes de Extremadura durante toda la primera
mitad de la década de los años cuarenta.
Es en este
momento, por tanto, cuando se inscriben algunas de sus matanzas más conocidas.
En primer lugar, destacan, por su crudeza, las ejecuciones de diciembre de 1940
en la comarca de Las Villuercas (Cáceres), donde cuatro huidos de la guerrilla
y veintiséis supuestos enlaces fueron ejecutados sin mayor dilación. Dos años
más tarde ocurrió un suceso similar en el poblado de La Calera, anejo a Alía
(Cáceres), Cantos llegó a Alía y de nuevo, una treintena de pobres campesinos
fueron fusilados como supuestos encubridores de los maquis. Y por último, los
sucesos de Mesas de Ibor (Cáceres) con el fusilamiento, por orden expresa de
Gómez Cantos de los componentes del Puesto de la población: tres guardias
civiles a los que acusó de “cobardía ante el enemigo”.
Hay muchas
más razones para revocar el acuerdo que adoptó aquel Pleno Municipal en el 3 de
Marzo de 1939, aún en plena Guerra Civil, pero lo expuesto es más que
suficiente.
Gomez
Cantos, no puede ni debe compartir honores y distinciones con quienes en la
historia, presente y futura de Villanueva de la Serena se dediquen a honrar a
esa ciudad.
La
Armhex, lo pide, por respeto, por cuestión de dignidad, de reparación y de
justicia a las víctimas del franquismo y a sus familiares.
La
ARMHEX, está convencida de que el equipo de gobierno apoyará y atenderá esta
petición que se ha planteado, y así mismo espera igualmente sea apoyada, una
vez sea llevada a pleno el acuerdo de retirada de tal mención honorífica, de
forma unánime por todos los grupos políticos democráticos representados en la
Corporación municipal citada.
--
ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA
HISTÓRICA DE EXTREMADURA (ARMHEX).
Apartado de Correos nº 17
BADAJOZ. 06080.
BADAJOZ. 06080.
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