Orden de detenciones de la querella Argentina
Fco. Javier Moreno | 9 oct 2013
Malas noticias para los torturadores fascistas que, a las ordenes de Franco, confunden la reconciliación con vivir eternamente con impunidad sobre sus crímenes; tampoco lo tienen fácil aquellos que, una y otra vez, parece que se regocijaban de la impunidad del franquismo para justificar el mal papel jugado por lo actores políticos de la época, véase el PCE, y arremeter contra su papel histórico.
La jueza argentina María Servini de Cubría decidió, el día 18 de septiembre pasado, imputar y solicitar la orden internacional de detención de cuatro de estos elementos por torturadores durante el régimen: el exguardia civil Jesús Muñecas Aguilar, el excolta de Franco y de la Casa Real Celso Galván Abascal, el excomisario José Ignacio Giralte Gonzalez y el exinspector José Antonio González Pacheco, alias Billy El Niño, dos de ellos ya fallecidos.
No es de esperar que el gobierno de España realice gestión alguna para su detención, dada la sabida colaboración del gobierno español con la impunidad de los crímenes del franquismo, pero ya nos debe resultar grato que estos acusados sufran el peso de la ley internacional y estén, desde ahora buscados por la Interpol y no puedan cruzar las fronteras españolas.
Existen antecedentes que nos dicen que una vez puesto en marcha este mecanismo no puede pararse; el juez Garzón, en su persecución contra los criminales de la dictadura argentina -en concreto contra Galtieri, el 25 de marzo de 1997- exigió su extradición pero, la negativa del gobierno argentino hizo resurgir una movilización internacional y social que trasladó hasta Madrid a cientos de victimas de la dictadura argentina, por sus propios medios, y que ya no paro hasta que se logró el juicio a los torturadores y los asesinos.
Por otro lado, es verdad que el tiempo siempre juega un papel fundamental en este tipo de procesos y va en sentido contrario al propio calendario de la aplicación de la justicia de forma que, cuando se quiera y se pueda juzgar a muchos de los torturadores de la dictadura franquista, estos ya estén fallecidos. La acción demuestra que no es así y, tal como dijo Carlos Slepoy, uno de los abogado de la querella “es un juicio por la verdad y por la memoria y por tanto contiene a todas las victimas del franquismo”.
Las primeras denuncias presentadas el 14 de abril de 2010, y tres años y medio después en la causa nº 4591/2010, se les imputa a estos cuatro torturadores delitos cometidos entre 1960 y 1975, delitos de la calidad de crímenes contra la humanidad, o de lesa humanidad, y en concreto sostiene que estos delitos constituyen crímenes de lesa humanidad por lo que, en uno u otro caso la acción y la pena son imprescriptibles y sus responsables están sujetos a persecución a través de la aplicación del principio de jurisdicción universal, por las consideraciones que fueron vertidas a lo largo de esta resolución. La propia magistrada asegura que llega a este extremo tras comprobar que en España no se está llevando una investigación eficaz.
Interesante situación ya que no existe ninguna prohibición de extraditar delincuentes en España, aunque si existe la posibilidad de la negativa, pero en este supuesto la justicia española deberá iniciar actuaciones para enjuiciar los hechos en España (artículo 3 de la Ley de Extradición Pasiva). Motivos para invocar y negar la extradición existen pero estaría obligada al “o entrega o juzga” (principio aut dedere aut indicare).
La cuestión fundamental es el movimiento y el golpe continuo contra el muro de la impunidad franquista; el PCE ya presentó su propia querella con el apoyo de la Liga Argentina de Derechos Humanos con una lista de más de 30.000 represaliados; hay otra querella que tiene intención de realizar ERC por el asesinato de Lluis Companys y, es deseable que se presenten nuevas querellas buscando la justicia en otros países, preferiblemente europeos y sudamericanos, para que se vayan sumando testimonios, denuncias y querellantes.
El paso siguiente es el próximo 20 de noviembre, en que la jueza recibirá a las víctimas de la dictadura y a funcionarios españoles para que presten su testimonio en el marco de la causa.
Y mientras tanto, la Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina (CeAQUA), a la que están adheridas más de 100 organizaciones sigue sumando apoyos, elemento imprescindible porque es importante recordar que el camino ha sido, y será, largo y lleno de complicaciones: dos comisiones rogatorias fueron enviadas por la jueza a España interesándose por el estado de las investigaciones contra el franquismo, a las que por primera vez respondió Don Candido Conde-Pumpido -con el PSOE en el gobierno- que dichas investigaciones se estaban llevando a cabo. Ante esta explicación, que contrastaba con la realidad española, existió una segunda -esta vez contestada por Don Eduardo Torres-Dulce con el PP en el gobierno- que volvía a desautorizar a la jueza para investigar dichos crímenes. Han sido tres las videoconferencias suspendidas entre la jueza y las víctimas del franquismo en la embajada de aquel país, situaciones cuanto menos irregular.
Algunos medios se atreven a hablar del fin de la impunidad, quizás sería mucho mas certero hablar de otro paso más hacia el fin de la impunidad.
Fco. Javier Moreno
Presidente del Foro por la Memoria
No es de esperar que el gobierno de España realice gestión alguna para su detención, dada la sabida colaboración del gobierno español con la impunidad de los crímenes del franquismo, pero ya nos debe resultar grato que estos acusados sufran el peso de la ley internacional y estén, desde ahora buscados por la Interpol y no puedan cruzar las fronteras españolas.
Existen antecedentes que nos dicen que una vez puesto en marcha este mecanismo no puede pararse; el juez Garzón, en su persecución contra los criminales de la dictadura argentina -en concreto contra Galtieri, el 25 de marzo de 1997- exigió su extradición pero, la negativa del gobierno argentino hizo resurgir una movilización internacional y social que trasladó hasta Madrid a cientos de victimas de la dictadura argentina, por sus propios medios, y que ya no paro hasta que se logró el juicio a los torturadores y los asesinos.
Por otro lado, es verdad que el tiempo siempre juega un papel fundamental en este tipo de procesos y va en sentido contrario al propio calendario de la aplicación de la justicia de forma que, cuando se quiera y se pueda juzgar a muchos de los torturadores de la dictadura franquista, estos ya estén fallecidos. La acción demuestra que no es así y, tal como dijo Carlos Slepoy, uno de los abogado de la querella “es un juicio por la verdad y por la memoria y por tanto contiene a todas las victimas del franquismo”.
Las primeras denuncias presentadas el 14 de abril de 2010, y tres años y medio después en la causa nº 4591/2010, se les imputa a estos cuatro torturadores delitos cometidos entre 1960 y 1975, delitos de la calidad de crímenes contra la humanidad, o de lesa humanidad, y en concreto sostiene que estos delitos constituyen crímenes de lesa humanidad por lo que, en uno u otro caso la acción y la pena son imprescriptibles y sus responsables están sujetos a persecución a través de la aplicación del principio de jurisdicción universal, por las consideraciones que fueron vertidas a lo largo de esta resolución. La propia magistrada asegura que llega a este extremo tras comprobar que en España no se está llevando una investigación eficaz.
Interesante situación ya que no existe ninguna prohibición de extraditar delincuentes en España, aunque si existe la posibilidad de la negativa, pero en este supuesto la justicia española deberá iniciar actuaciones para enjuiciar los hechos en España (artículo 3 de la Ley de Extradición Pasiva). Motivos para invocar y negar la extradición existen pero estaría obligada al “o entrega o juzga” (principio aut dedere aut indicare).
La cuestión fundamental es el movimiento y el golpe continuo contra el muro de la impunidad franquista; el PCE ya presentó su propia querella con el apoyo de la Liga Argentina de Derechos Humanos con una lista de más de 30.000 represaliados; hay otra querella que tiene intención de realizar ERC por el asesinato de Lluis Companys y, es deseable que se presenten nuevas querellas buscando la justicia en otros países, preferiblemente europeos y sudamericanos, para que se vayan sumando testimonios, denuncias y querellantes.
El paso siguiente es el próximo 20 de noviembre, en que la jueza recibirá a las víctimas de la dictadura y a funcionarios españoles para que presten su testimonio en el marco de la causa.
Y mientras tanto, la Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina (CeAQUA), a la que están adheridas más de 100 organizaciones sigue sumando apoyos, elemento imprescindible porque es importante recordar que el camino ha sido, y será, largo y lleno de complicaciones: dos comisiones rogatorias fueron enviadas por la jueza a España interesándose por el estado de las investigaciones contra el franquismo, a las que por primera vez respondió Don Candido Conde-Pumpido -con el PSOE en el gobierno- que dichas investigaciones se estaban llevando a cabo. Ante esta explicación, que contrastaba con la realidad española, existió una segunda -esta vez contestada por Don Eduardo Torres-Dulce con el PP en el gobierno- que volvía a desautorizar a la jueza para investigar dichos crímenes. Han sido tres las videoconferencias suspendidas entre la jueza y las víctimas del franquismo en la embajada de aquel país, situaciones cuanto menos irregular.
Algunos medios se atreven a hablar del fin de la impunidad, quizás sería mucho mas certero hablar de otro paso más hacia el fin de la impunidad.
Fco. Javier Moreno
Presidente del Foro por la Memoria
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