Las víctimas del franquismo confían en que el Tribunal Supremo de España impulse el cumplimiento de la Ley de memoria que hasta la fecha se ha estrellado con la resistencia de los gobiernos de derecha a reconocerla en toda su amplitud y, como consecuencia, no ha arbitrado la financiación necesaria para llevarla a la práctica, ha indicado hoy Baltasar Garzón.
La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo se reunirá el próximo 28 de febrero, presidida por el magistrado Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, para deliberar, votar y fallar sobre el recurso interpuesto para convertir el Valle de los Caídos en un Espacio de memoria de las Víctimas, en una causa iniciada por Baltasar Garzón y los abogados Manuel Ollé y Eduardo Ranz en 2015.
Baltasar Garzón considera que este acto judicial del 28 de febrero será “el momento y el lugar” para que el alto tribunal diga qué se debe hacer, crear doctrina y abrir un camino jurídico que vaya más allá de las reivindicaciones concretas que se plantean sobre el Valle de los Caídos.
Añade Garzón que los jueces tienen una obligación con las víctimas, porque han dejado pasar múltiples ocasiones de actuar según las recomendaciones de los relatores de Naciones Unidas y del Consejo de Europa en esta materia.
Baltsar Garzón concretó que, por ejemplo, es inhumano que personas con 80 y 90 años hayan tenido que sortear todo tipo de obstáculos administrativos y políticos para intentar recuperar los cuerpos de familiares ejecutados extrajudicialmente en la guerra civil por el bando vencedor, y que solo hayan conseguido en algunos casos pasar página cuando han accedido a gobernar nuevas corporaciones de izquierda en ayuntamientos y comunidades autónomas .
A su juicio, un fallo favorable en este caso permitiría que se produjeran otras muchas resoluciones en cascada en los ámbitos de las tres administraciones: central, autonómica y local; y que problemas que han quedado enquistados por falta de voluntad política puedan resolverse en el sentido que piden las víctimas de reconocimiento y reparación de lo sucedido, y avanzar en el objetivo último de no repetición de esos crímenes.
El Valle de los Caídos
La iniciativa sobre el Valle de los Caídos que se dilucida ahora comenzó el 19 de noviembre de 2015, cuando Baltasar Garzón, Manuel Ollé y Eduardo Ranz presentaron por Registro ante el Consejo de Ministros un escrito de Derecho fundamental de Petición (art. 29 Constitución Española), instando a la reconversión del Valle de los Caídos en un Espacio de Memoria de las Víctimas, entre otras medidas.
Posteriormente, y ante la falta de respuesta del Consejo de Ministros en el plazo legal de tres meses (silencio administrativo negativo), el 1 de marzo de 2016 se interpuso recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo con las mismas peticiones, para que declarara la vulneración del artículo 29 de la Constitución, relativo al Derecho de Petición. Tras la evacuación del trámite para formular alegaciones sobre la competencia objetiva del órgano jurisdiccional, se dio traslado del expediente administrativo y se formalizó la demanda contencioso-administrativa el 29 de julio de 2016.
El 16 de septiembre de 2016, tras la admisión de la citada demanda, los peticionarios recibieron una resolución extemporánea del Consejo de Ministros, en lo que pareció ser un intento de satisfacción extraprocesal de las pretensiones de la parte demandante.
Petición al Consejo de Ministros
En el escrito al Consejo de Ministros de 19 de noviembre de 2015, los letrados solicitaban la salida de los cuerpos de Francisco Franco y José Antonio Primo de Rivera, la supresión de la simbología franquista y de los actos conmemorativos que se practican en el propio Valle de los Caídos, que pueden incitar al odio. Y también, arbitrar exhumación e identificación de los restos de las víctimas y la convocatoria de un acto público en sede parlamentaria, para que la autoridad competente del Estado pida perdón a las víctimas del franquismo y a sus familiares, como manifestación del pleno reconocimiento y reparación moral.
El escrito solicitaba la anulación y derogación de las normas de creación de la Basílica y de La Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos, que datan de 1940 y 1957 respectivamente, ya que contradicen la Constitución española y el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica. Consideraban que la anulación debía extenderse, expresamente, al preámbulo y a todos aquellos preceptos que se refieren a la naturaleza y justificación del monumento y del lugar, así como a la utilización y destino del mismo, que imposibiliten su consideración como instrumento de reconciliación.
Refería el escrito que ambas normas “responden a la misma idea de exaltación de la Dictadura franquista y todo lo que la misma comportó para las víctimas de la misma. La afirmación de que el monumento respondía al sentido de la Unidad y hermandad de los españoles y por tanto era una ofrenda a todos los caídos, no responde a la realidad, por cuanto en dicho monumento se encuentra ubicada la tumba del propio dictador Francisco Franco y del fundador de la Falange Española José Antonio Primo de Rivera; se erigió con el trabajo esclavo de miles de presos la propia idea y construcción es en exaltación de la dictadura y del propio dictador, los símbolos son los de la dictadura, y la inhumación de las víctimas del franquismo se realizó sin conocimiento ni autorización de las mismas, lo que implicó una nueva revictimización para éstas”.
Pedían los juristas la aprobación de una disposición de carácter general que establezca un nuevo marco jurídico relativo a la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos, sus bienes y situaciones jurídicas que cuenten con un mecanismo de consulta para que las víctimas puedan participar en la formulación y desarrollo de dicha normativa.
Una normativa que debe incluir la transformación del Valle de los Caídos en un Espacio de Memoria, donde las víctimas de la dictadura franquista y sus familiares puedan ejercitar su derecho a la verdad y a la reparación. Y también un lugar de identificación, dignificación y homenaje de quienes se encuentran inhumados; la publicación oficial del nombre de todas las víctimas; información suficiente para que quienes acudan a visitar este nuevo espacio, puedan conocer su sentido original y actual. Del mismo modo se debía contemplar la creación de un Centro Ocupacional de Memoria. Y por último, los mecanismos que garanticen el más amplio acceso a los archivos e información, de El Valle de los Caídos.
Según la demanda, el espacio debe incluir:
- Un lugar de identificación, dignificación y homenaje de quienes se encuentran allí inhumados.
- La publicación oficial del nombre de todas las víctimas.
- Información suficiente para que quienes acudan a visitar este nuevo espacio puedan conocer su sentido original y actual.
- La creación de un Centro Ocupacional de Memoria.
- Mecanismos que garanticen el más amplio acceso a los archivos e información del Valle de los Caídos, con sujeción expresa a las normas aprobadas en la Ley de Transparencia de 9 de diciembre de 2013.
Se solicitaba asimismo el establecimiento de la dotación económica suficiente a cargo del Estado, para la exhumación e identificación de los restos de las víctimas inhumadas en el lugar, previa solicitud al efecto. Y, por último, la convocatoria de un acto público en sede parlamentaria, para que la autoridad competente del estado pida perdón a las víctimas de la guerra civil y la dictadura y a sus familiares, como manifestación del pleno reconocimiento y reparación moral.
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