Posted: 07 Jan 2014 07:29 AM
PST
AL SR. FISCAL JEFE DE LA AUDIENCIA
NACIONAL, D. JAVIER ZARAGOZA AGUADO
Estimado Sr. Fiscal:
Los abajo firmantes, en nombre
de la Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina contra los
crímenes del franquismo, integrada por las organizaciones que se relacionan
al pie, nos dirigimos a Ud. a efectos de solicitarle una entrevista,
con carácter urgente, en relación con el procedimiento judicial de
extradición que, por solicitud del Juzgado Nacional en lo Criminal y
Correccional Federal nº 1 de la República Argentina, tramita ante la Sala de
lo Penal de la Audiencia Nacional de España y afecta a Juan Antonio González
Pacheco y Jesús Muñecas Aguilar.
Como Ud. conoce, los antes
mencionados están imputados por delitos de tortura en el marco de la causa
que por Genocidio y/o Crímenes de Lesa Humanidad, y en virtud del principio
jurídico de Justicia Universal, se instruye en el mencionado Juzgado
argentino
Es la primera vez, tras 40 años
de dictadura y más de 36 años de democracia, que deben rendir cuentas ante la
Justicia responsables de crímenes contra la humanidad cometidos entre el 17
de julio de 1936, comienzo de la sublevación militar contra el gobierno
legítimo de la República, y el 15 de junio de 1977, fecha de las primeras
elecciones democráticas. Ello, por sí mismo, constituye una gran reparación
para las víctimas, promueve y consolida la idea civilizatoria de que quienes
lesionan a la humanidad deben ser judicialmente perseguidos en todo tiempo y
lugar y compromete nuestro profundo agradecimiento hacia la justicia e
instituciones argentina.
Estamos convencidos de que
estas actuaciones judiciales colaborarán decisivamente al fin a la impunidad
del franquismo, como en su día lo hicieron las iniciativas judiciales
españolas, señaladamente la de jueces y fiscales de esa Audiencia Nacional,
para poner término a la impunidad reinante en Argentina y otras naciones de
América Latina. Entonces, las víctimas del genocidio cometido en Argentina y
esos otros países recurrieron a los tribunales españoles en busca de
que los crímenes fueran investigados y sus responsables castigados. Hoy, las
víctimas del genocidio franquista recurren a la justicia argentina con igual
propósito.
Conforme a lo dispuesto en el
art. 14 de la Ley 4/1985, de 21 de marzo, de Extradición Pasiva, sólo
los imputados y la Fiscalía que Ud. dirige están habilitados para intervenir
y alegar en el proceso de extradición, sin perjuicio de la facultad que
cabe al Estado argentino de personarse como parte en el procedimiento de
extradición.
En todo caso, la ley no prevé
que puedan intervenir las víctimas de los crímenes, ni las asociaciones que
los representan.
La Constitución establece en su
art. 124.1 que el Ministerio Fiscal tiene por misión promover la justicia en
defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos, del interés
público tutelado por la ley y la de procurar ante los tribunales la
satisfacción del interés social. Esta misión es reiterada y
desarrollada en el Estatuto del Ministerio Fiscal. El texto constitucional
señala en su art. 10.2 que las normas relativas a los derechos fundamentales
y a las libertades que la Constitución reconoce, se interpretarán de
conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los
tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificadas por
España.
En el marco de dichos mandatos
le formulamos la presente solicitud de entrevista.
Teníamos previsto hacerlo en
cualquier caso, pero esta solicitud se ha convertido en aún más perentoria si
cabe ya que hemos conocido sus declaraciones referidas a que estudia la
posibilidad de informar en la vista del proceso de las extradiciones
negándose a las mismas, y reclamando para la justicia española la
facultad de juzgar a los requeridos por la justicia argentina.
Como comprenderá, que la
justicia española se haga cargo del juzgamiento efectivo de los imputados
colmaría nuestras expectativas. Pero también ha manifestado que dicho
enjuiciamiento no podría realizarse dada la prescripción de los delitos y la
vigencia de la Ley de Amnistía. Es decir, que propondría que se los juzgue en
España para que no sean juzgados, si es correcto lo que hemos interpretado.
Negaría, por tanto, a estos crímenes su carácter de delitos contra la
humanidad, con las consecuencias que ello conlleva de su imprescriptibilidad
y la circunstancia de que no pueden ser amparados por amnistías o cualquier
otra norma o práctica que determine la impunidad de sus autores.
También Ud. ha manifestado que
la justicia española es prioritaria respecto de la argentina. Sin perjuicio
de que el Tribunal Constitucional ya ha dejado establecido, en su conocida
sentencia sobre el genocidio en Guatemala, que lo propio del principio de
jurisdicción universal es la concurrencia de Estados competentes y no la
prioridad o subordinación de uno respecto del otro, encantados estaríamos de
que la justicia española asuma la tarea tanto tiempo, tan antijurídicamente y
tan cruelmente postergada. Pero tampoco parece ser este el caso, se
reclamaría la prioridad de la jurisdicción española con el sólo propósito de
enervar las extradiciones.
A pesar de las sucesivas
frustraciones que, como conoce, hemos venido sufriendo, confiamos en que esta
vez el Mº Público dé cabal cumplimiento a la misión constitucional que le
viene atribuida dando comienzo a una nueva era de verdad, justicia y
reparación para las víctimas de uno de los más graves genocidios cometidos en
el siglo XX.
Para intercambiar opiniones al
respecto, poder expresarle con mayor extensión y profundidad lo aquí expuesto
y pedirle que sea la voz de quienes no la tendremos en la vista judicial, le
reiteramos la solicitud de entrevista con el carácter urgente que la
situación requiere.
Madrid, 7 de enero de 2014.
|
Blog d'en Jordi Grau i Gatell d'informació sobre les atrocitats del Franquisme..... "Las voces y las imágenes del pasado se unen con las del presente para impedir el olvido. Pero estas voces e imágenes también sirven para recordar la cobardía de los que nada hicieron cuando se cometieron crímenes atroces, los que permitieron la impunidad de los culpables y los que, ahora, continúan indiferentes ante el desamparo de las víctimas" (Baltasar Garzón).
dimecres, 8 de gener del 2014
Carta al fiscal Javier Zaragoza para pedirle una entrevista al respecto de las extradiciones de los torturadores
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