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El fiscal ordena retirar un recurso en el Constitucional para sentar doctrina sobre el franquismo
El Fiscal General del Estado, Eduardo Torres-Dulce, no quiere que el Tribunal Constitucional siente jurisprudencia sobre las desapariciones de represaliados durante y tras la Guerra Civil; ni que debata sobre los efectos de la Ley de Amnistía de 1977; ni que se dé respuesta a las observaciones del Comité de Derechos Humanos de la ONU que, en 2008, manifestó su preocupación por “los obstáculos con que han tropezado las familias en sus gestiones judiciales y administrativas para obtener la exhumación de los restos y la identificación de las personas desaparecidas”.
La decisión de Torres-Dulce culmina un proceso que se inició con la petición de amparo de una mujer, Purificación Lapeña, por la desaparición de su abuelo y tío abuelo, enterrados sin consentimiento familiar en el Valle de los Caídos. El tribunal decidió en noviembre no admitir a trámite la petición, por lo que ni siquiera entró en el fondo del asunto. Sin embargo, por sorpresa y en un trámite inusual, el fiscal del Constitucional Manuel Miranda recurrió esa decisión el 23 de diciembre con un escrito en el que argumenta que la petición reúne las condiciones para ser admitido a trámite, lo que permitiría que se entrara en el fondo del caso. El asunto estaba pendiente de que la sección Tercera de la Sala Segunda respondiera al escrito del fiscal. Pero no será posible. Torres-Dulce ha ordenado que se retire, según fuentes de la fiscalía.
Los argumentos que esgrimía el fiscal del Constitucional para pedir que se debatiera sobre las desapariciones del franquismo eran claros: “Este tribunal no ha tenido la oportunidad de abordar los efectos que una Ley de Amnistía puede tener sobre el deber de investigación judicial eficaz de hechos delictivos y su conexión con el derecho a la tutela efectiva”, señalaba. Además, destacaba “las diferentes interpretaciones que se vienen sosteniendo por los tribunales ordinarios” y apelaba a la existencia de “respuestas jurídicas, con argumentaciones no pocas veces contradictorias y sin ajustarse a unos mismos parámetros interpretativos” que se hacen para rechazar, una y otra vez, la investigación sobre desaparecidos. Es decir, a la ausencia de doctrina constitucional sobre este asunto.
La Sección Tercera de la Sala Segunda del alto tribunal decidió no debatir sobre el asunto al entender que la petición no incluía la justificación de la trascendencia constitucional que se requiere. Después de que el fiscal la justificara, no podrá hacerse porque Torres-Dulce no quiere.
La Sección Tercera de la Sala Segunda del alto tribunal decidió no debatir sobre el asunto al entender que la petición no incluía la justificación de la trascendencia constitucional que se requiere. Después de que el fiscal la justificara, no podrá hacerse porque Torres-Dulce no quiere.
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