El Ministerio Público ha ordenado que los juzgados españoles no tomen declaración a víctimas e imputados en la querella argentina. Los abogados de la acusación califican la instrucción de la Fiscalía de "técnica propia de un régimen autoritario" y señalan que los argumentos esgrimidos son "bochornosos"
ALEJANDRO TORRÚS
MADRID.- La Fiscalía General del Estado fue tajante: Argentina no puede juzgar los crímenes de la dictadura franquista y ningún juzgado español puede ayudar a la justicia sudamericana en esta empresa. Los motivos aducidos son los clásicos: sólo España es competente para enjuiciar tales crímenes, éstos estarían prescritos y, además, les sería de aplicación la Ley de Amnistía.
Pero la Fiscalía no se quedó ahí y aprovechó la ocasión para mandar un aviso a navegantes y recordar a todos los jueces que la apertura en España de "un proceso similar al que se sigue en Argentina motivó una causa penal contra el Magistrado Instructor", es decir, Baltasar Garzón, por "haberse incurrido en exceso en la aplicación e interpretación de las normas". Finalmente, Garzón no fue condenado por este motivo, pero la Fiscalía no desaprovecha la oportunidad para recordar que intentar juzgar al franquismo en España tiene consecuencias.
Pero la Fiscalía no se quedó ahí y aprovechó la ocasión para mandar un aviso a navegantes y recordar a todos los jueces que la apertura en España de "un proceso similar al que se sigue en Argentina motivó una causa penal contra el Magistrado Instructor", es decir, Baltasar Garzón, por "haberse incurrido en exceso en la aplicación e interpretación de las normas". Finalmente, Garzón no fue condenado por este motivo, pero la Fiscalía no desaprovecha la oportunidad para recordar que intentar juzgar al franquismo en España tiene consecuencias.
El párrafo en cuestión, del escrito al que ha tenido acceso Público, señala: "Debe por último recordarse que un proceso seguido en España similar al que se sigue en Argentina motivó una causa penal contra el Magistrado Instructor que, si bien tras el juicio oral fue absuelto por el Supremo, lo fue porque pese a haberse 'incurrido en exceso en la aplicación e interpretación de las normas' (...) 'no alcanzar la injusticia de la resolución que requiere el tipo de prevaricación y no merece el reproche de arbitrariedad exigido en la tipicidad del delito de prevaricación objeto de la acusación".
Los abogados de la querella argentina han calificado esta advertencia de la Fiscalía de "intento de amedrentar a los jueces"
Los abogados de la querella argentina han calificado esta advertencia de la Fiscalía de "intento de amedrentar a los jueces" que tendría como objetivo anunciarles de "una forma más o menos velada" que "en el caso de ejecutar los referidos exhortos podrían ser acusados de prevaricación"
"Nos encontramos, una vez más, ante un posicionamiento de la Fiscalía General que no es compatible con un Estado Democrático y de Derecho, que utiliza técnicas absolutamente reprobables propias de un régimen autoritario, negando y tratando de impedir por todos los medios que víctimas de graves violaciones de derechos humanos accedan a la administración de justicia", señala el comunicado de los abogados de las víctimas del franquismo, entre los que se encuentran los letrados
"Nos encontramos, una vez más, ante un posicionamiento de la Fiscalía General que no es compatible con un Estado Democrático y de Derecho, que utiliza técnicas absolutamente reprobables propias de un régimen autoritario, negando y tratando de impedir por todos los medios que víctimas de graves violaciones de derechos humanos accedan a la administración de justicia", señala el comunicado de los abogados de las víctimas del franquismo, entre los que se encuentran los letrados
Bochornosos argumentos
La acusación considera, además, que los argumentos esgrimidos por la Fiscalía "violentan gravemente el Derecho Internacional de los Derechos Humanos", que son de "carácter imperativo para el Estado español". Así, señalan que Argentina sí que puede juzgar los crímenes del franquismo "en virtud del principio de justicia universal" ya que España no está investigando ni enjuiciando los crímenes contra la humanidad cometidos durante la dictadura franquista".
Asimismo, señalan que tales crímenes serían imprescriptibles (los crímenes de lesa humanidad nunca prescriben) y que el principio de "legalidad internacional obliga al Estado español a investigar ya enjuiciar crímenes que, aunque no estuvieran tipificados como tales en su propia normativa interna, tendrían tal consideración en virtud de los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional".
Por último, los abogados de la querella argentina recuerdan que la Ley de Amnistía no despliega "efecto alguno que pueda impedir u obstaculizar la investigación y enjuiciamiento de crímenes contra la humanidad, tal y como han expuesto en reiteradas ocasiones los expertos del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en consonancia con la doctrina de los diferentes tribunales internacionales".
Asimismo, señalan que tales crímenes serían imprescriptibles (los crímenes de lesa humanidad nunca prescriben) y que el principio de "legalidad internacional obliga al Estado español a investigar ya enjuiciar crímenes que, aunque no estuvieran tipificados como tales en su propia normativa interna, tendrían tal consideración en virtud de los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional".
Por último, los abogados de la querella argentina recuerdan que la Ley de Amnistía no despliega "efecto alguno que pueda impedir u obstaculizar la investigación y enjuiciamiento de crímenes contra la humanidad, tal y como han expuesto en reiteradas ocasiones los expertos del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en consonancia con la doctrina de los diferentes tribunales internacionales".
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