El Ministerio de Cultura inicia el procedimiento previo a instar a la extinción judicial de la Fundación y defiende que es contraria a las leyes de fundaciones y de memoria democrática.
La entidad tiene diez días hábiles para presentar alegaciones. El Gobierno tiene previsto pedir medidas cautelares a la autoridad judicial para suspender o limitar su actividad hasta que haya sentencia.

Madrid-
El Gobierno avanza en el procedimiento para lograr la extinción judicial de la Fundación Francisco Franco. El Protectorado de Fundaciones, dependiente del Ministerio de Cultura, ha finalizado la fase de recopilación de información y actuaciones previas y ha notificado ya a la fundación sus conclusiones (que desde este jueves por la tarde, cuando fue notificada, tiene diez días hábiles para presentar alegaciones).
Las conclusiones a las que ha llegado el departamento dirigido por Ernest Urtasun tras recabar esta información se basan en que la Fundación Franciso Franco es contraria tanto a la ley de fundaciones como a la ley de memoria democrática, y que, por lo tanto, procede instar a su extinción ante la autoridad judicial.
El proceso para ilegalizar esta fundación comenzó en junio de 2024, cuando Cultura inició una fase de actuaciones previas con el objetivo de recopilar información y pruebas que fundamentaran el procedimiento. En concreto, los de Urtasun han recibido un informe de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática (que Cultura recibió el pasado mes de mayo) basado en cuatro elementos.
Un informe de la Abogacía General del Estado; un informe de Javier García Fernández, catedrático emérito de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid, sobre la extinción de la Fundación Francisco Franco; un informe sobre los contenidos y la actividad de la Fundación en los medios de comunicación entre enero de 2018 y marzo de 2025; y un compendio de testimonios recabados de víctimas del franquismo en relación con las actividades de la Fundación Franco.
En la argumentación jurídica que el Gobierno quiere utilizar para iniciar el expediente de extinción judicial se recuerda que el artículo 1 de los estatutos de la Fundación indica que "está dedicada primordialmente a la difusión de la dimensión humana y política de Francisco Franco, así como a cualquier otra actividad educativa, investigadora y cultural al amparo de la ley de fundaciones".
Esta norma atribuye la categoría de fundación a aquellos organismos que persigan "fines de interés general", que la propia norma en su artículo tres enumera: "Defensa de los derechos humanos, de las víctimas del terrorismo y actos violentos, asistencia social e inclusión social, cívicos, educativos, culturales, científicos, deportivos, sanitarios, laborales, de fortalecimiento institucional", etc.
El interés general y la humillación a las víctimas
Pero la Fundación Franco, prosigue el documento de Cultura, al que ha tenido acceso Público, "existe para difundir el conocimiento de la figura del líder de una dictadura que ha sido expresamente condenada por la vigente ley de memoria democrática, pero también en el ámbito internacional (...) mientras que las actividades supuestamente orientadas a la cultura, investigación científica o educación resultan casi inexistentes".
"Ese fin principal, que es el que orienta todas las actividades a que la Fundación se dedica, no puede considerarse de interés general cuando no solamente no coincide con los fines que la ley (de fundaciones) considera merecedores de protección y justificativos, por ello, de la existencia de la figura de las fundaciones, sino que se aparta de ellos", concluye el razonamiento de Cultura.
Pero este no es el único argumento jurídico esgrimido por el Ejecutivo, que también señala que la Fundación, el principal objetivo que persigue y las actividades que realiza para ello son incompatibles con la actual ley de memoria democrática, ya que enaltecen el franquismo y humillan a sus víctimas.
En este sentido, en el informe de la Abogacía General del Estado que se incluye en la documentación recabada se destaca que el propio artículo 1 de los estatutos de la Fundación, que establece su objetivo de difundir "el pensamiento, el legado y la obra de Francisco Franco (...) así como sus realizaciones de los años de su mandato" representan "apología del franquismo y enaltecimiento de sus dirigentes", ya que "las referencias al "legado" y a sus "realizaciones" no son expresiones neutras, sino que contienen claramente una connotación positiva de defensa o alabanza".
Es en este punto donde Cultura expone la base documental de la información recabada en el informe de análisis de los contenidos y representación en medios de la fundación: "Es constatable que cada vez que se recogen" publicaciones dedicadas a las víctimas del golpe de Estado y de la dictadura "emerge un trato con menosprecio y humillación de su dignidad", apuntan.
Entre los ejemplos recabados hay publicaciones como "Guernica: tragedia, mentira y falsa, por Miguel Platón"; "El mito del Euskera perseguido por Franco, por Francisco Torres"; "La mentira de los 'niños robados del franquismo'"; "El franquismo no cometió un genocidio, la II República, sí: en la retaguardia"; o "Sobre la gran mentira de la represión franquista, por Tomás García Madrid".
"Se advierte menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas por la vía del negacionismo de la represión en materias extremadamente sensibles como la toma de Badajoz por los rebeldes, la destrucción de Guernica, los niños robados, la construcción del Valle de Cuelgamuros y, en general, toda la política represiva de la dictadura", se menciona en el informe de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática.
Las fases del procedimiento
También se menciona el compendio de testimonios recabados de las víctimas del franquismo y "se desprende, sin lugar a duda, que el recuerdo de la violencia sufrida y la represión y represalias padecidas por las víctimas del franquismo siguen vivos, y que los derechos a la verdad y a la reparación de la ley de memoria democrática, y los principios del derecho internacional de los derechos humanos se ven afectados gravemente".
Después de que la Fundación haga sus alegaciones al procedimiento remitido por Cultura, el Gobierno elaborará una propuesta de resolución que volverá a remitir a la Fundación (que tendrá otros diez días hábiles para alegaciones). Tras este proceso, la Abogacía del Estado elaborará un nuevo informe preparatorio a la instancia para extinguir el ente, y posteriormente la propia Abogacía lo trasladará a la autoridad judicial. El departamento dirigido por Urtasun tiene nueve meses para remitir la resolución a los tribunales.
Fuentes de Cultura y de Memoria Democrática confirman que su intención es la de solicitar al juez medidas cautelares cuando remitan la instancia con el objetivo de suspender, o al menos limitar, la actividad de la Fundación hasta que se dicte sentencia. Si la resolución judicial da la razón al Gobierno, se procederá a la liquidación de los bienes de la entidad y se destinarán a otra sin ánimo de lucro.




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