dilluns, 12 de desembre del 2016

Dos jueces tomarán declaración a víctimas del franquismo

http://www.deia.com/2016/12/12/politica/euskadi/dos-jueces-tomaran-declaracion-a-victimas-del-franquismo




En contra de la postura de la Fiscalía General del Estado, atienden dos exhortos enviados por la jueza Servini
Sin embargo, otros dos juzgados se niegan a colaborar con la magistrada
JAVIER NÚÑEZ - Lunes, 12 de Diciembre de 2016 - Actualizado a las 06:03h
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La jueza argentina María Servini, en Gernika.
La jueza argentina María Servini, en Gernika. (Pablo Viñas)
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  • La jueza argentina María Servini, en Gernika.
BILBAO - Dos jueces, uno de Gernika y otro de Bilbao, tomarán declaración a dos víctimas del franquismo en el transcurso de la investigación abierta por la jueza argentina María Servini, mientras que otros dos juzgados, de Eibar y de Bilbao, se niegan a cumplir con el exhorto enviado por la magistrada argentina.
El próximo día 16 ha sido citada en el juzgado de Gernika Julia Lanas Zamakola, de 97 años. Su padre, preso de guerra en 1937, fue torturado, encarcelado y fusilado. Sus hermanos también pasaron por prisión y su marido estuvo encarcelado en los años 60. El otro querellante que prestará declaración es el histórico militante de la izquierda abertzale Tasio Erkizia, de 73 años. En 1975 fue detenido y salvajemente torturado hasta el punto de que se llegó a temer por su vida. Erkizia ha sido llamado a declarar el próximo día 21 en el Juzgado de Instrucción nº 7 de Bilbao. En el lado contrario de la balanza, el Juzgado de Eibar ha devuelto el exhorto enviado por Servini para que se tomara declaración a Jorge Pérez Jauregi, cuyo hermano Roberto fue asesinado en una de las manifestaciones convocadas con motivo del Juicio de Burgos. También ha devuelto el exhorto el Juzgado de Bilbao que debía tomar declaración a Luis María Ormazabal, de 92 años. Miembro del PCE durante las décadas de los 60 y 70, fue detenido, torturado y encarcelado en diversas ocasiones.
ORDEN DE LA FISCALÍA Esta doble vara de medir es consecuencia de la decisión adoptada por la Fiscalía General del Estado, organismo dependiente del Ejecutivo del PP, que envió el pasado mes de octubre un escrito a todos los juzgados españoles en el que instaba a suspender las declaraciones de los querellantes de la causa emprendida por Servini. En el escrito de la Fiscalía, que se señalaba que era de “obligado cumplimiento”, se subrayaba que a los hechos que está investigando el juzgado de Buenos Aires les sería de aplicación la Ley de Amnistía de 1977, por lo que los supuestos delitos estarían ya prescritos.
La Fiscalía General del Estado se remitía asimismo a la Transición y señalaba que la Ley de Amnistía “no fue una normativa aprobada por los vencedores para encubrir sus crímenes”, sino que fue algo decidido por todas las fuerzas para superar el franquismo.
De hecho, días después de que la Fiscalía General del Estado trasladara este escrito a los juzgados, el ex secretario general del PCE, Gerardo Iglesias, fue el primer afectado por esta cuestión. Un juzgado de Oviedo, y a petición de la Fiscalía, suspendió la declaración en la que iba a relatar las torturas sufridas durante el régimen franquista.
DECIDEN LOS JUECES La decisión de la Fiscalía General del Estado tuvo su repuesta por parte de las dos asociaciones de magistrados mayoritarias en el Estado español, la progresista Jueces para la Democracia (JpD) y la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM), que aseguraron a este diario que los jueces deben tramitar los exhortos enviados por la magistrada argentina María Servini.
Según señaló el portavoz de la APM, Celso Rodríguez Padrón, “si un juez español recibe una petición de auxilio internacional de otro país, quien tiene la competencia para la tramitación de esa comisión rogatoria es el propio juez, no el fiscal”. El portavoz de la asociación conservadora insistía en que “la competencia es del juez que recibe el encargo de su homólogo argentino”.
Por su parte, el portavoz de JpD, Ignacio González Vega, señalaba que “tanto los tratados internacionales como las leyes internas de los Estado exhortan a las autoridades judiciales, entre ellas a los fiscales, a atender las peticiones de auxilio internacional y procurarles la mayor asistencia posible”.
Con respecto a los motivos argumentados por la Fiscalía General del Estado -que son hechos prescritos y que corresponden a la justicia española y no argentina- el portavoz de la asociación progresista de magistrados afirmó que “en todo caso es algo que debe valorar la autoridad exhortante, en este caso la jueza argentina, pero de entrada no es un argumento válido para no prestar asistencia judicial a otro Estado”.