Amnistía Internacional ha publicado un comunicado de preocupación por el hecho de que una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid y conocida el pasado 8 de octubre, sobre un caso de los llamados ‘bebés robados, pese a considerar acreditada la comisión del delito de detención ilegal por la sustracción de Inés Madrigal cuando apenas tenía unos días de vida, ha establecido que la acción penal ha prescrito.
“Lamentamos la interpretación errónea que hace la Audiencia Provincial sobre la prescripción en este caso, considerando que la mayoría de edad automáticamente acaba con los efectos de la sustracción ilegal. Como han señalado algunos organismos de la Organización de las Naciones Unidas, como el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas, los efectos de este tipo de delitos sólo cesan cuando se descubre la verdad sobre la identidad y se garantiza a las víctimas la posibilidad legal y real de restablecer su verdadera identidad y, en su caso, los lazos familiares. Extremos que en el presente caso no se han garantizado aún”, asegura Daniel Canales, investigador de Amnistía Internacional en España.
Por su parte, la Fiscalía General del Estado, que ya ha anunciado su voluntad de recurrir esta sentencia, estableció, en una Circular del año 2012, que en este tipo de casos los plazos de prescripción no deberían comenzar a correr hasta el momento en que la persona conozca su verdadera identidad, entendiendo que mientras tanto el delito sigue desplegando todos sus efectos, con independencia de que haya alcanzado la mayoría de edad.
Amnistía Internacional ha manifestado ya con anterioridad cómo las investigaciones efectuadas en España no han dado resultados satisfactorios, abordando estos casos como aislados, descartando desde un primer momento la posibilidad de que tales delitos pudieran responder a una trama generalizada a nivel nacional, y desoyendo de esta forma recomendaciones de mecanismos de Naciones Unidas. Es de señalar que de las al menos 2074 diligencias de investigación iniciadas por la Fiscalía desde el año 2011, éste es el primer caso que ha llegado a juicio.
La organización ya trasladó al Parlamento la necesidad de implementar medidas destinadas a la búsqueda e identificación de personas víctimas del ‘robo de bebés’, entre otras, adoptando un instrumento integral de coordinación y canalización de búsqueda, y una base de datos centralizada, que integre muestras genéticas de todos los casos que hayan sido denunciados y de las víctimas y familiares que así lo deseen.
Bebés robados en España
La denominación de ‘bebés robados’ se empezó a utilizar en el contexto español para referirse a los niños y niñas que fueron objeto de secuestro, tráfico de menores y adopciones ilegales durante la Guerra Civil y la postguerra. En un Auto del Juzgado de Instrucción nº5 de la Audiencia Nacional, de 18 de noviembre de 2008, se señala que tan sólo entre 1937 y 1950 se podrían haber dado más de 30 000 casos “en un sistema de desaparición de menores hijos de madres republicanas bajo la cobertura de una aparente legalidad”.
Las denuncias por casos de bebés robados, con un patrón parecido de actuación y aprovechándose de la misma estructura creada en la posguerra, se prolongaron durante todo el franquismo y los primeros años de democracia. Esta acción criminal habría perdurado, ya desvinculada de intereses políticos y movida por intereses económicos, a través de la estructura ya conformada por las instituciones nacidas del régimen franquista.
Muchas de las personas que han sido víctimas de este tipo de delitos fueron registradas con información falsa y sus datos personales fueron también alterados. Esto les impide en gran medida encontrar a su familia de origen y conocer su verdadera identidad. Además, la familia de origen no puede ejercer recursos legales para restablecer la identidad biológica de esta persona y los lazos familiares con ella para acabar con esta situación.
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