A los cuatro meses de
ingresar en prisión el abuelo comparece en presencia del Juez para la lectura
de cargos. Esto se produce el 4 de noviembre de 1940. En ninguno de los
documentos que componen el Sumario he logrado encontrar el detalle de los
“cargos”. Tal solo un oficio en el que se hace mención a que ese día, “Arturo Torres Barranco, preso en la cárcel
del Seminario, asiste a la lectura de cargos por parte del Juez, firmando los
mismos”. ¿Acaso se podía negar a firmarlos?
El 4 de mayo de 1940 el
Juez comunica al abuelo que se llevará a cabo la vista del Consejo de Guerra,
así como el nombramiento de defensor en la persona de Antonio Ruiz-Pérez Pérez.
Aunque el Código de Justicia Militar de 1890 en su artículo 548 establecía que
en este acto el abogado defensor debía estar presente y “podrá tomar las notas
que crea necesarias de lo que presencie y oiga, teniendo derecho a protestar de
las ilegalidades que a su juicio se cometan, pero sin dictar las respuestas al
acusado ni usar de la palabra en vez de éste”, es fácil suponer que el
abuelo no vió la cara del defensor hasta el día de la vista, seis meses
después.
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