NOTA DE PRENSA
Asociación para
la Recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura
“La
ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA DE EXTREMADURA
(ARMHEX), consigue tras reiterarlo en dos
ocasiones, entre 2014 y 2015, que el AYUNTAMIENTO DE AZUAGA (BADAJOZ)
en aplicación de la Ley 52/2007, conocida como de la Memoria Histórica;
acuerde al fin, la retirada de la MEDALLA DE ORO al militar
rebelde fascista, MANUEL GÓMEZ CANTOS,
de infausto recuerdo, que aún ostentaba, desde 1939”.
La ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA DE EXTREMADURA (ARMHEX), dentro de su campaña permanente, en pos de que se adopten las medidas oportunas para la retirada de este tipo de menciones conmemorativas y simbólicas de exaltación, en este caso de distinción personal a un líder de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura»; instó a principios de 2014, y de nuevo en el verano de 2015 al AYUNTAMIENTO DE AZUAGA, mediante una solicitud en legal forma, que al amparo del art. 15.1º de la Ley 52/2007, se acordara por el Pleno de dicha Corporación, la revocación del acuerdo de la concesión y retirada de la Medalla de Oro al militar rebelde fascista Manuel Gómez Cantos.
Los
Antecedentes
En
la Sesión Plenaria celebrada en ese Ayuntamiento de Azuaga ya bajo control
franquista, el día 18 de febrero de 1939, (Acta aprobada en la sesión
posterior de 2 de marzo de 1939) por la Comisión gestora nombrada por los
rebeldes franquistas, se concedió por "aclamación" la MEDALLA DE ORO
de la ciudad de AZUAGA, al capitán, entonces recién ascendido comandante por
méritos de guerra, MANUEL GÓMEZ CANTOS, y “expresar el profundo
agradecimiento al comandante de la Guardia Civil Sr. Gómez Cantos” (sic),
según consta en el Libro de Actas de ese Excmo. Ayuntamiento y en el
expediente personal militar de dicho personaje que se conserva en el Archivo
histórico de la Guardia Civil.
En
aplicación de la Ley 52/2007, la ARMHEX, pidió por dos veces, la revocación del
acuerdo de su concesión de la citada Medalla de Oro, por lo que aquella
distinción honorífica, tenia de clara conmemoración y exaltación de la
sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura.
Desde
la ARMHEX, considerábamos que esa
distinción, ese honor, y esa medalla, debían ser revocados tanto por cuestiones
de legalidad (Ley 52/2007), como por respeto a todos los ciudadanos
demócratas de Azuaga, y de Extremadura.
Es
evidente, que
no pueden ser distinguidos por la Medalla de Oro de ninguna localidad que se
precie, quienes como Gomez Cantos, con sus acciones participó activamente en un
golpe militar, sumió a muchas localidades de Extremadura en el terror, instigó
el asesinato sumario de muchos extremeños defensores de la legalidad vigente de
la II República por ese mero hecho, entre ellos a varios concejales de algunos
Ayuntamientos de la región que habían sido elegidos democráticamente.
No
se puede honrar a quienes conculcaron los más elementales Derechos Humanos de
muchos ciudadanos, amparándose para ello en la fuerza de un golpe militar
contra la legalidad constitucional republicana entonces vigente. No se podía
perpetuar ni un día más, el honor de de la Medalla de Oro de la localidad, a
aquellos que, como Gómez Cantos, tanto dolor propiciaron, a muchos
conciudadanos extremeños y que dejó una huella indeleble en muchos republicanos
extremeños, a los que masacró inmisericordemente.
Algunos
Datos:
Son
numerosos los ejemplos que podríamos referir de la criminal actuación de Gómez
Cantos en Extremadura. Un primer caso lo encontramos en las numerosas
detenciones que practicó en Villanueva de la Serena durante los diez días que
tuvo a esta población en su poder en julio de 1936. Decidió trasladarlos hasta
la Prisión Provincial de Cáceres, población que ya se encontraba en zona
sublevada. No obstante, antes de llegar a la capital provincial aplicó la “ley
de fugas” a algunos de los arrestados que él estimaba más significados con la
República. De esta forma, antes de llegar a su destino, y simulando un tiroteo
con un grupo que asediaba el traslado de los detenidos, se produjeron varios
disparos que acabaron con la vida de uno de los concejales del ayuntamiento
frentepopulista y con heridas graves a otros tres presos, uno de ellos era el
último alcalde republicano de la localidad villanovense, Rafael García
Calderón, que moriría pocos días después del suceso en el hospital cacereño. El
número de detenidos y enviados en total, a la cárcel de Cáceres fue de
cincuenta y siete. Cincuenta y cuatro eran originarios de Villanueva de la
Serena y los otros tres se incorporaron al grupo de presos a su paso por
Miajadas. Allí les esperaba, a la mayoría de ellos, un auténtico calvario de
dos años de duración hasta que pudieron volver a su pueblo, no para ser libres sino
para ser fusilados después en un simulacro de juicio sumario, por orden directa
de Gómez Cantos como delegado de Orden Público de la provincia de Badajoz, y
donde la sentencia parecía estar dictada desde mucho tiempo atrás. De esta
forma, el 9 de septiembre de 1938 en Medellín (Badajoz) fueron ejecutados
treinta y tres personas del grupo enviado a Cáceres en julio de 1936. Como
delegado de Orden Público en la provincia pacense, y al margen de la ya
señalada ejecución de Medellín, mostró control despótico en toda su
demarcación.
Gómez-Cantos,
estuvo al frente de varios puestos de especial relevancia desde la rebelión
militar, siempre en relación con la persecución de “desafectos” al régimen
franquista en Extremadura. La contundencia que mostró hacia estos hombres y sus
familias dejó una huella imborrable que no se ha desvanecido desde entonces.
Sus víctimas después de la guerra fueron, fundamentalmente, huidos en los
montes, guerrilleros, enlaces de la guerrilla, campesinos de escasa relación con
los anteriores e, incluso, hombres del Instituto armado; es decir, guardias
civiles que, a la postre, fueron los últimos sacrificados en esta espiral de
violencia que tuvo como escenario principal campos y montes de Extremadura
durante toda la primera mitad de la década de los cuarenta del siglo pasado.
Es
en este momento, por tanto, cuando se inscriben algunas de sus matanzas más
conocidas. En primer lugar, destacan, por su crudeza, las ejecuciones de
diciembre de 1940 en la comarca de Las Villuercas (Cáceres), donde cuatro
huidos de la guerrilla y veintiséis supuestos enlaces fueron ejecutados sin
mayor dilación. Dos años más tarde ocurrió un suceso similar en el poblado de
La Calera, anejo a Alía (Cáceres), Cantos llegó a Alía y de nuevo, una treintena
de pobres campesinos fueron fusilados como supuestos encubridores de los
maquis. Y por último, los sucesos de Mesas de Ibor (Cáceres) con el
fusilamiento, por orden expresa de Gómez Cantos de los componentes del Puesto
de la población: tres guardias civiles a los que acusó de “cobardía ante el
enemigo”.
Había
muchas más razones para revocar la referida medalla, pero creemos que
con lo expuesto es más que suficiente. Gomez Cantos, para entender que
era inasumible
que semejante personaje, compartiera honores y distinciones con otras
personas ilustres de Azuaga.
Es
de reseñar precisamente que a petición de esta misma ASOCIACIÓN PARA LA
RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA DE EXTREMADURA, el Ayuntamiento de
Villanueva de la Serena, en su Pleno del 24 de Enero de 2014, ya había revocado
también, la
concesión de una medalla de un mismo tenor, a este siniestro personaje que
tenía concedida desde 1939.
Nos congratulamos, que si bien con
cierto retraso y tras tenerle que ser solicitado por dos
veces, el Ayuntamiento de Azuaga haya tomado la misma decisión de retirar
la citada distinción.
En
resumidas cuentas, según nuestra asociación, la ARMHEX, dada la
finalidad del mandato del artículo 15 de la Ley 52/2007 dirigido a
todas las Administraciones Públicas, la carga simbólica de la citada medalla
por la significación que tuvo el citado militar que acabó siendo expulsado de
la Guardia Civil y la finalidad de exaltación antidemocrática a la que sirvió
dicha medalla, no cabía otra solución que la revocación de la citada distinción
y medalla.
Nos
congratulamos, por
respeto, dignidad, reparación y justicia para con las víctimas del franquismo y
sus familiares.
--
ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA
HISTÓRICA DE EXTREMADURA (ARMHEX).
Apartado de Correos nº 17
BADAJOZ. 06080.
BADAJOZ. 06080.
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