dimarts, 10 de novembre del 2015

ARMHEX consigue que el AYUNTAMIENTO DE AZUAGA (BADAJOZ) acuerde la retirada de la MEDALLA DE ORO al militar rebelde fascista, MANUEL GÓMEZ CANTOS.


NOTA DE PRENSA
Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica de Extremadura

“La  ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA DE EXTREMADURA (ARMHEX), consigue tras reiterarlo en dos ocasiones, entre 2014 y 2015, que el AYUNTAMIENTO DE AZUAGA (BADAJOZ) en aplicación de la Ley 52/2007, conocida como de la Memoria Histórica;  acuerde al fin, la retirada de la MEDALLA DE ORO al militar rebelde fascista, MANUEL GÓMEZ CANTOS, de infausto recuerdo, que aún ostentaba, desde 1939”.


La ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA DE EXTREMADURA (ARMHEX), dentro de su campaña permanente, en pos de que se adopten las medidas oportunas para la retirada de este tipo de menciones conmemorativas y simbólicas de exaltación, en este caso de distinción personal a un líder de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura»; instó a principios de 2014, y de nuevo en el verano de 2015 al AYUNTAMIENTO DE AZUAGA, mediante una solicitud en legal forma, que al amparo del art. 15.1º de la Ley 52/2007, se acordara por el Pleno de dicha Corporación, la revocación del acuerdo de la concesión y retirada de la Medalla de Oro al militar rebelde fascista Manuel Gómez Cantos.

Los Antecedentes

En la Sesión Plenaria celebrada en ese Ayuntamiento de Azuaga ya bajo control franquista, el día 18 de febrero de  1939, (Acta aprobada en la sesión posterior de 2 de marzo de 1939) por la Comisión gestora nombrada por los rebeldes franquistas, se concedió por "aclamación" la MEDALLA DE ORO de la ciudad de AZUAGA, al capitán, entonces recién ascendido comandante por méritos de guerra, MANUEL GÓMEZ CANTOS,  y “expresar el profundo agradecimiento al comandante de la Guardia Civil Sr. Gómez Cantos” (sic), según consta en el Libro de  Actas de ese Excmo. Ayuntamiento y en el expediente personal militar de dicho personaje que se conserva en el Archivo histórico de la Guardia Civil. 

En aplicación de la Ley 52/2007, la ARMHEX, pidió por dos veces, la revocación del acuerdo de su concesión  de la citada Medalla de Oro, por lo que aquella distinción honorífica, tenia de clara conmemoración y exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura.

Desde la ARMHEX, considerábamos que esa distinción, ese honor, y esa medalla, debían ser revocados tanto por cuestiones de legalidad (Ley 52/2007), como por respeto a todos los ciudadanos demócratas de Azuaga, y de Extremadura.

Es evidente, que no pueden ser distinguidos por la Medalla de Oro de ninguna localidad que se precie, quienes como Gomez Cantos, con sus acciones participó activamente en un golpe militar, sumió a muchas localidades de Extremadura en el terror, instigó el asesinato sumario de muchos extremeños defensores de la legalidad vigente de la II República por ese mero hecho, entre ellos a varios concejales de algunos Ayuntamientos de la región que habían sido elegidos democráticamente.

No se puede honrar a quienes conculcaron los más elementales Derechos Humanos de muchos ciudadanos, amparándose para ello en la fuerza de un golpe militar contra la legalidad constitucional republicana entonces vigente. No se podía perpetuar ni un día más, el honor de de la Medalla de Oro de la localidad, a aquellos que, como Gómez Cantos, tanto dolor propiciaron, a muchos conciudadanos extremeños y que dejó una huella indeleble en muchos republicanos extremeños, a los que masacró inmisericordemente.

Algunos Datos:

Son numerosos los ejemplos que podríamos referir de la criminal actuación de Gómez Cantos en Extremadura. Un primer caso lo encontramos en las numerosas detenciones que practicó en Villanueva de la Serena durante los diez días que tuvo a esta población en su poder en julio de 1936. Decidió trasladarlos hasta la Prisión Provincial de Cáceres, población que ya se encontraba en zona sublevada. No obstante, antes de llegar a la capital provincial aplicó la “ley de fugas” a algunos de los arrestados que él estimaba más significados con la República. De esta forma, antes de llegar a su destino, y simulando un tiroteo con un grupo que asediaba el traslado de los detenidos, se produjeron varios disparos que acabaron con la vida de uno de los concejales del ayuntamiento frentepopulista y con heridas graves a otros tres presos, uno de ellos era el último alcalde republicano de la localidad villanovense, Rafael García Calderón, que moriría pocos días después del suceso en el hospital cacereño. El número de detenidos y enviados en total, a la cárcel de Cáceres fue de cincuenta y siete. Cincuenta y cuatro eran originarios de Villanueva de la Serena y los otros tres se incorporaron al grupo de presos a su paso por Miajadas. Allí les esperaba, a la mayoría de ellos, un auténtico calvario de dos años de duración hasta que pudieron volver a su pueblo, no para ser libres sino para ser fusilados después en un simulacro de juicio sumario, por orden directa de Gómez Cantos como delegado de Orden Público de la provincia de Badajoz, y donde la sentencia parecía estar dictada desde mucho tiempo atrás. De esta forma, el 9 de septiembre de 1938 en Medellín (Badajoz) fueron ejecutados treinta y tres personas del grupo enviado a Cáceres en julio de 1936. Como delegado de Orden Público en la provincia pacense, y al margen de la ya señalada ejecución de Medellín, mostró control despótico en toda su demarcación.

Gómez-Cantos, estuvo al frente de varios puestos de especial relevancia desde la rebelión militar, siempre en relación con la persecución de “desafectos” al régimen franquista en Extremadura. La contundencia que mostró hacia estos hombres y sus familias dejó una huella imborrable que no se ha desvanecido desde entonces. Sus víctimas después de la guerra fueron, fundamentalmente, huidos en los montes, guerrilleros, enlaces de la guerrilla, campesinos de escasa relación con los anteriores e, incluso, hombres del Instituto armado; es decir, guardias civiles que, a la postre, fueron los últimos sacrificados en esta espiral de violencia que tuvo como escenario principal campos y montes de Extremadura durante toda la primera mitad de la década de los cuarenta del siglo pasado.

Es en este momento, por tanto, cuando se inscriben algunas de sus matanzas más conocidas. En primer lugar, destacan, por su crudeza, las ejecuciones de diciembre de 1940 en la comarca de Las Villuercas (Cáceres), donde cuatro huidos de la guerrilla y veintiséis supuestos enlaces fueron ejecutados sin mayor dilación. Dos años más tarde ocurrió un suceso similar en el poblado de La Calera, anejo a Alía (Cáceres), Cantos llegó a Alía y de nuevo, una treintena de pobres campesinos fueron fusilados como supuestos encubridores de los maquis. Y por último, los sucesos de Mesas de Ibor (Cáceres) con el fusilamiento, por orden expresa de Gómez Cantos de los componentes del Puesto de la población: tres guardias civiles a los que acusó de “cobardía ante el enemigo”.

Había muchas más razones para revocar la referida medalla, pero creemos que con lo expuesto es más que suficiente. Gomez Cantos, para entender que era inasumible que semejante personaje, compartiera honores y distinciones con otras personas ilustres de Azuaga.

Es de reseñar precisamente que a petición de esta misma ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA DE EXTREMADURA, el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, en su Pleno del 24 de Enero de 2014, ya había revocado también, la concesión de una medalla de un mismo tenor, a este siniestro personaje que tenía concedida desde 1939.

Nos congratulamos, que si bien con cierto retraso y tras tenerle que ser solicitado por dos veces, el Ayuntamiento de Azuaga haya tomado la misma decisión de retirar la citada distinción.

En resumidas cuentas, según nuestra asociación, la ARMHEX, dada la finalidad del mandato del artículo 15 de la Ley 52/2007 dirigido a todas las Administraciones Públicas, la carga simbólica de la citada medalla por la significación que tuvo el citado militar que acabó siendo expulsado de la Guardia Civil y la finalidad de exaltación antidemocrática a la que sirvió dicha medalla, no cabía otra solución que la revocación de la citada distinción y medalla.

Nos congratulamos, por respeto, dignidad, reparación y justicia para con las víctimas del franquismo y sus familiares.




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ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA DE EXTREMADURA (ARMHEX).



Apartado de Correos nº 17
BADAJOZ. 06080.