Carlos Jiménez Villarejo y Antonio Doñate, fiscal y juez, analizan en un libro la ideología de los magistrados españoles desde los años sesenta hasta hoy.
Opinan que “el franquismo y sus fundamentos autoritarios y antidemocráticos continúan estando presentes en una parte del poder judicial”, y ven con preocupación medidas del Gobierno del PP “tendentes a restringir gravemente y hasta suprimir, derechos civiles democráticos que nos parecían irreversibles, recurriendo incluso a un incremento de la penalización de ciertas conductas consistentes en el ejercicio de aquellos derechos…”. Así lo exponen Carlos Jiménez Villarejo y Antonio Doñate exfiscal y exmagistrado respectivamente, en su libro “Jueces pero parciales. La pervivencia del franquismo en el poder judicial” en cuyas páginas se citan los casos más duros de nuestra historia reciente, Agustín Rueda, Arturo Ruiz, la matanza de Atocha, El Papus, las desapariciones forzosas… entre muchos otros, hasta la actualidad.
El Plural / A.Del Campo / 05-11-2012
Afirma el editor Gonzalo Pontón que “entregar doncellas a los dragones siempre ha sido una cobardía. Los monstruos parecen aquietarse porque dejan de echar llamaradas por la boca, pero su fuego no se apaga. Las fuerzas políticas que no se atrevieron a enfrentarse a los dragones y les sacrificaron nuevas vírgenes –han llamado a eso “transición”—son responsables de que todavía estén entre nosotros”. Así presenta el libro de Carlos Jiménez Villarejo y Antonio Doñate. Y continúa Pontón, responsable de la editorial Pasado&Presente: “En el seno del Poder judicial habitan dragones que no están, precisamente, aletargados. Algunas prácticas judiciales de la dictadura mantienen su vigencia de forma encubierta dejando un margen para la opresión, la injusticia y la falta de garantías”.
Indignación y horror
Por las páginas de esta obra que trata de la persistencia del franquismo en la judicatura, y se basa en una larga y exhaustiva investigación de sumarios y sentencias del Tribunal de Orden Público, de decisiones de distintas instancias judiciales y del propio Tribunal Supremo, se asoman algunos de los sucesos más dolorosos de nuestra historia reciente. Los resume así Gonzalo Pontón: “Indignación y horror cuando se pasa revista a la connivencia de muchos jueces con las fuerzas represivas heredadas del franquismo. Así, al principio de la transición, con los casos de Agustín Rueda, Arturo Ruiz, la matanza de Atocha, el caso Papus, Enrique Ruano, José Arregui, Yolanda González, los atentados de la calle del Correo… examinados aquí a la luz de los hechos, las sentencias y la práctica forense”.
Por las páginas de esta obra que trata de la persistencia del franquismo en la judicatura, y se basa en una larga y exhaustiva investigación de sumarios y sentencias del Tribunal de Orden Público, de decisiones de distintas instancias judiciales y del propio Tribunal Supremo, se asoman algunos de los sucesos más dolorosos de nuestra historia reciente. Los resume así Gonzalo Pontón: “Indignación y horror cuando se pasa revista a la connivencia de muchos jueces con las fuerzas represivas heredadas del franquismo. Así, al principio de la transición, con los casos de Agustín Rueda, Arturo Ruiz, la matanza de Atocha, el caso Papus, Enrique Ruano, José Arregui, Yolanda González, los atentados de la calle del Correo… examinados aquí a la luz de los hechos, las sentencias y la práctica forense”.
La muerte de Arregui
“A José Arregui, por ejemplo, le torturaron durante nueve días en la Dirección General de Seguridad, en Madrid. Murió a consecuencia de las palizas. La Audiencia Provincial absolvió, por dos veces, a los funcionarios implicados del delito de torturas. Dice la sentencia constar como hecho probado que Arregui “se mareó” en el despacho de la DGS donde se encontraba. Trasladado al Hospital de Carabanchel, el facultativo de turno observó derrames en la cara, hematomas por todo el cuerpo y quemaduras en la planta de los pies. Arregui murió al día siguiente. Sin embargo, la Audiencia declara la ausencia de responsabilidad penal de los policías y los absuelve”.
“A José Arregui, por ejemplo, le torturaron durante nueve días en la Dirección General de Seguridad, en Madrid. Murió a consecuencia de las palizas. La Audiencia Provincial absolvió, por dos veces, a los funcionarios implicados del delito de torturas. Dice la sentencia constar como hecho probado que Arregui “se mareó” en el despacho de la DGS donde se encontraba. Trasladado al Hospital de Carabanchel, el facultativo de turno observó derrames en la cara, hematomas por todo el cuerpo y quemaduras en la planta de los pies. Arregui murió al día siguiente. Sin embargo, la Audiencia declara la ausencia de responsabilidad penal de los policías y los absuelve”.
Agustín Rueda, molido a palos
Continua el editor: “O el caso de Agustín Rueda, molido a palos por ocho funcionarios de la cárcel de Carabanchel. La autopsia dice que Rueda presenta “innumerables huellas de contusiones inmediatamente anteriores a la muerte” y grandes equimosis y hematomas por todo el cuerpo “consecuencias de un apaleamiento generalizado, prolongado, intenso y ‘técnico’”. Fallece por shock traumático debido a la pérdida de sangre. Diez años después de los hechos, en 1988, el tribunal excluye “el dolo de matar” y condena a los acusados por “imprudencia temeraria” (calificación propia de un accidente de tráfico con resultado de muerte). En 1990, el Supremo confirma la sentencia”.
Continua el editor: “O el caso de Agustín Rueda, molido a palos por ocho funcionarios de la cárcel de Carabanchel. La autopsia dice que Rueda presenta “innumerables huellas de contusiones inmediatamente anteriores a la muerte” y grandes equimosis y hematomas por todo el cuerpo “consecuencias de un apaleamiento generalizado, prolongado, intenso y ‘técnico’”. Fallece por shock traumático debido a la pérdida de sangre. Diez años después de los hechos, en 1988, el tribunal excluye “el dolo de matar” y condena a los acusados por “imprudencia temeraria” (calificación propia de un accidente de tráfico con resultado de muerte). En 1990, el Supremo confirma la sentencia”.
“Suaves sentencias” para criminales
Villarejo y Oñate no han dejado nada en el tintero. Sobre la matanza de Atocha analizan como el Supremo “entiende” el permiso penitenciario que el juez Gómez Chaparro concedió al principal imputado, Lerdo de Tejada, permiso que hizo posible su huida. Del atentado contra la revista EL PAPUS cometido por ultraderechistas el 20 de septiembre de 1977 que produjo la muerte de una persona y heridas a otras diecisiete, los autores del libro denuncian que la sentencia de la Audiencia Nacional de 1983 “representa la incapacidad de la Justicia para enfrentarse eficazmente a la delincuencia terrorista de extrema derecha todavía con apoyos en ciertas esferas del poder”.
Villarejo y Oñate no han dejado nada en el tintero. Sobre la matanza de Atocha analizan como el Supremo “entiende” el permiso penitenciario que el juez Gómez Chaparro concedió al principal imputado, Lerdo de Tejada, permiso que hizo posible su huida. Del atentado contra la revista EL PAPUS cometido por ultraderechistas el 20 de septiembre de 1977 que produjo la muerte de una persona y heridas a otras diecisiete, los autores del libro denuncian que la sentencia de la Audiencia Nacional de 1983 “representa la incapacidad de la Justicia para enfrentarse eficazmente a la delincuencia terrorista de extrema derecha todavía con apoyos en ciertas esferas del poder”.
El Supremo niega reaperturas
La actitud del Tribunal Supremo, según los autores, ha sido negar la reapertura de estos casos. En 2006, se vio el recurso de los familiares del sindicalista-pacifista Joan Peiró, fusilado por Franco; en 2010 el recurso de la nieta del poeta Miguel Hernández contra la sentencia que le condenó a muerte; también en 2010 se presentó el recurso de la Generalitat de Catalunya contra la sentencia a muerte del presidente Lluís Companys. En los tres casos, resalta el editor Gonzalo Pontón, “la Sala de lo Militar del Tribuna Supremo se negó a la anulación de las sentencias, manteniendo que deben ser “válidas y vigentes” porque o “no se acredita un nuevo hecho que demuestre que [Peiró] no participó en los hechos”, o porque la sentencia que se promulgó en su día contra Miguel Hernández “carece actualmente de cualquier vigencia jurídica” , o “por falta de objeto”, ya que “la sentencia dictada [contra Companys] ha sido expulsada del ordenamiento jurídico”.
La actitud del Tribunal Supremo, según los autores, ha sido negar la reapertura de estos casos. En 2006, se vio el recurso de los familiares del sindicalista-pacifista Joan Peiró, fusilado por Franco; en 2010 el recurso de la nieta del poeta Miguel Hernández contra la sentencia que le condenó a muerte; también en 2010 se presentó el recurso de la Generalitat de Catalunya contra la sentencia a muerte del presidente Lluís Companys. En los tres casos, resalta el editor Gonzalo Pontón, “la Sala de lo Militar del Tribuna Supremo se negó a la anulación de las sentencias, manteniendo que deben ser “válidas y vigentes” porque o “no se acredita un nuevo hecho que demuestre que [Peiró] no participó en los hechos”, o porque la sentencia que se promulgó en su día contra Miguel Hernández “carece actualmente de cualquier vigencia jurídica” , o “por falta de objeto”, ya que “la sentencia dictada [contra Companys] ha sido expulsada del ordenamiento jurídico”.
Sin justicia para desaparecidos forzosos
Sobre las denuncias por desapariciones forzadas que enmarcan ambos juristas en un “plan generalizado y sistemático de represión” y “un delito de detención ilegal”, la respuesta de los jueces, critican, es la de que “los posibles delitos estaban prescritos y que además les eran aplicables las Leyes de Amnistía, (…) Sin practicar diligencia alguna de investigación de los hechos delictivos, salvo escasísimos casos en que se ha “colaborado” en la exhumación y entrega a los familiares de los restos encontrados”.
Sobre las denuncias por desapariciones forzadas que enmarcan ambos juristas en un “plan generalizado y sistemático de represión” y “un delito de detención ilegal”, la respuesta de los jueces, critican, es la de que “los posibles delitos estaban prescritos y que además les eran aplicables las Leyes de Amnistía, (…) Sin practicar diligencia alguna de investigación de los hechos delictivos, salvo escasísimos casos en que se ha “colaborado” en la exhumación y entrega a los familiares de los restos encontrados”.
“Conservadurismo e ignorancia” en la sentencia a Garzón
Concluye el libro con el proceso penal contra el juez Garzón en relación a los crímenes del franquismo. “La sentencia de 27/2/2012 del Tribunal Supremo solo tiene un valor, la absolución del juez Garzón, prácticamente ineludible por la presión nacional e internacional. (…) Concurren otros dos valores añadidos, la completa descalificación del juez Varela y de su aliado principal, el juez ponente de la causa, Adolfo Prego, y la derrota de las acusaciones impropiamente llamadas populares de corte fascista. Además de ello, la sentencia rezuma un profundo conservadurismo, ignorancia y hasta autoritarismo”.
Concluye el libro con el proceso penal contra el juez Garzón en relación a los crímenes del franquismo. “La sentencia de 27/2/2012 del Tribunal Supremo solo tiene un valor, la absolución del juez Garzón, prácticamente ineludible por la presión nacional e internacional. (…) Concurren otros dos valores añadidos, la completa descalificación del juez Varela y de su aliado principal, el juez ponente de la causa, Adolfo Prego, y la derrota de las acusaciones impropiamente llamadas populares de corte fascista. Además de ello, la sentencia rezuma un profundo conservadurismo, ignorancia y hasta autoritarismo”.
Poder judicial y autoritarismo
El epílogo de Villarejo y Oñate no es optimista. Hacen referencia a hechos recientes afirmando que “el franquismo y sus fundamentos autoritarios y antidemocráticos continúan estando presentes. Y de forma preocupante cuando desde el Gobierno del Partido Popular se anuncian medidas tendentes a restringir gravemente y hasta suprimir, derechos civiles democráticos que nos parecían irreversibles, recurriendo incluso a un incremento de la penalización de ciertas conductas consistentes en el ejercicio de aquellos derechos…” Tras citar algunos casos, ponen el broche con estas palabras “hay ejemplos suficientes para pensar que una parte significativa de la magistratura asumirá en silencio y colaborará con el nuevo “campo” que va a abrirse en nuestro país, bajo una cobertura formal democrática que no podrá ocultar siempre la actual deriva autoritaria del sistema político español. Y que necesitará y contará sin duda, de la colaboración del Poder Judicial”.
El epílogo de Villarejo y Oñate no es optimista. Hacen referencia a hechos recientes afirmando que “el franquismo y sus fundamentos autoritarios y antidemocráticos continúan estando presentes. Y de forma preocupante cuando desde el Gobierno del Partido Popular se anuncian medidas tendentes a restringir gravemente y hasta suprimir, derechos civiles democráticos que nos parecían irreversibles, recurriendo incluso a un incremento de la penalización de ciertas conductas consistentes en el ejercicio de aquellos derechos…” Tras citar algunos casos, ponen el broche con estas palabras “hay ejemplos suficientes para pensar que una parte significativa de la magistratura asumirá en silencio y colaborará con el nuevo “campo” que va a abrirse en nuestro país, bajo una cobertura formal democrática que no podrá ocultar siempre la actual deriva autoritaria del sistema político español. Y que necesitará y contará sin duda, de la colaboración del Poder Judicial”.
El libro “Jueces pero parciales. La pervivencia del franquismo en el poder judicial” está editado por Pasado y Presente. Los autores son Carlos Jiménez Villarejo y Antonio Doñate y se presentará en Madrid a mediados de noviembre.
Cap comentari:
Publica un comentari a l'entrada