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19/02/2015 | elperiodic.com
El Ayuntamiento Pleno de Valencia, el 28 de septiembre de 2012, aprobó una moción por la cual cualquier grupo político o miembro del consistorio, cuando se detectara la presencia en la ciudad de algún símbolo que atentase contra la Ley 52/2007, se trasladaría a la Comisión de Cultura y Educación para que esta tomase un acuerdo para que se cumpla la referida ley. Sin embargo, y al amparo de esta ley, cuando en octubre de ese mismo año se presentó una moción proponiendo, entre otras cuestiones, que se dejara sin efecto el nombramiento honorífico de alcaldía honoraria, hijos adoptivos, medallas de oro, hijos predilectos, etc., se aprobó una moción alternativa, sólo con los votos del PP, cuyo único punto de acuerdo decía que “se aporten a los respectivos expedientes individualizados que se instruyan para llevar a efecto el cumplimiento de la Ley 52/2007, de la Memoria Histórica, los pertinentes informes históricos y jurídicos de Instituciones Oficiales y personas con la suficiente relevancia y rigor objetivos, y que se determinen con absoluta claridad e independencia, indicando el artículo de la mencionada Ley en que encaja el supuesto planteado, correspondiendo ello al Grupo proponente”.
Así, los grupos firmantes de la moción, solicitaron a la Facultad de Geografía e Historia y a la Facultad de Derecho de la Universitat de València sendos informes sobre el asunto referido (documentos adjuntos)”.
Por todas estas razones, los concejales presentaron una propuesta de acuerdo en los siguientes términos: “Que desde el Ayuntamiento de Valencia, de acuerdo con el informe de la Clínica Jurídica per la Justícia Social y el informe del Departamento de Historia Contemporánea de la Universitat de València, se aplique el punto primero del artículo 15 de la Ley 52/2007 de la Memoria Histórica y queden sin efecto las menciones conmemorativas al Alcalde Honorario Adolfo Rincón de Arellano y García, a los Hijos Adoptivos: Antonio Aranda Mata, Carlos Asensio Cabanillas, Ramón Laporta Girón, Maximiliano Lloret Gómez, Antonio Barroso y Sánchez Guerra, Camilo Alonso Vega, Jorge Vigón Suero-Díaz, Cirilo Cánovas García, José Luis de Arrese y Magra, Pedro Gual Villalbi, Mariano Navarro Rubio, Jesús Posada Cacho y Antonio Rueda y Sánchez Malo; las Medallas de Oro a: Francisco Franco Bahamonde, José Ibánez Martín, Ramón Laporta Girón, Diego Salas Pombo, Luis Carrero Blanco, Anotnio María de Oriol y Urquijo y Antonio Rueda y Sánchez Malo; al Hijo Predilecto Miguel Abriat y a los Concejales Honorarios José Iruretagoyena Sochaga y Gustavo Urrutia González”.
Después de debatida la moción en la Comisión de Cultura y Educación de aquel 21 de julio, se llegó a la siguiente conclusión (tal y como figura textualmente en el acta): “En conseqüència, la comissió acorda que es trametra a l’Assessoria Jurídica Municipal, perquè informe al respecte i adoptar, posteriorment, la decisió oportuna”.
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