dijous, 18 d’octubre del 2012

El TC declina anular la condena a muerte de Miguel Hernández

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AGENCIAS 18 de octubre de 2012
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El TC declina anular la condena a muerte de Miguel Hernández
El Tribunal Constitucional no ha admitido el recurso de amparo presentado por la familia de Miguel Hernández que solicita la revisión y nulidad de la sentencia por la que el poeta fue condenado a muerte el 18 de enero de 1940, según ha afirmado el abogado de la familia, Carlos Candela.
Por su parte, fuentes de la Comisión Cívica de Alicante para la Recuperación de la Memoria Histórica han explicado que el Constitucional no ha admitido a trámite el citado recurso en el que se pedía "la inconstitucionalidad" de una resolución del Tribunal Supremo (TS) que no admitió la demanda de revisión de la sentencia que condenó a muerte al poeta. En febrero de 2011, el pleno de la Sala de lo Militar del Supremo acordó que no podía declarar la nulidad de esa sentencia porque, sin perjuicio de que pudiera ser nula por efecto de la Ley de Memoria Histórica, ésta carece de toda vigencia jurídica.
Según el Supremo, la Ley de Memoria Histórica no prevé una declaración individualizada de nulidad de las resoluciones a las que se refiere, -"sin que corresponda a esta Sala enjuiciar esta decisión del legislador", precisaba ese tribunal-, sino que efectúa un pronunciamiento general del carácter injusto de todas las condenas producidas por motivos políticos e ideológicos durante la Guerra Civil y la Dictadura. Al no admitir esa demanda, la familia de Miguel Hernández presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, según el letrado Candela.
Sin embargo, el Constitucional, en un auto del 26 de septiembre, no ha admitido dicho recurso al entender, según el abogado de la familia, que no existe infracción de derechos fundamentales en la decisión del Supremo. Fuentes de la Comisión Cívica de Alicante para la Recuperación de la Memoria Histórica han afirmado en un comunicado que, "con una inmotivada resolución, el Tribunal Constitucional impide el examen del recurso de amparo interpuesto por la familia de Miguel Hernández ".
Esta comisión, de acuerdo con los familiares del poeta, está estudiando los procedimientos que permitan que otras instancias supranacionales "contribuyan a la restitución y reparación del recuerdo y la memoria de Miguel Hernández como luchador en defensa del la legalidad republicana, sin ninguna acción o actividad reprobable". A este respecto, el abogado Candela ha señalado que estudian presentar un recurso ante el Tribunal de Estrasburgo o ante el organismo competente de la ONU.
Delito de adhesión a rebelión
El poeta fue condenado por delito de adhesión a la rebelión previsto en el artículo 238.2 del Código de Justicia Militar del año 1890 a la pena de muerte en una sentencia dictada por el Tribunal de Prensa de Madrid en el procedimiento Sumarísimo de urgencia 21.001, que posteriormente fue conmutada por una pena de 30 años de prisión, que no llegó a cumplir, ya que murió en la cárcel en 1942.
Los familiares de Hernández y la Comisión Cívica para la Recuperación de la Memoria Histórica de Alicante pidieron en julio de 2010 la revisión y anulación de la sentencia de pena de muerte dictada contra el poeta al considerar insuficiente la Declaración de Reparación y Reconocimiento Personal del literato que el Gobierno les había entregado en marzo de 2010.