http://www.publico.es/politica/expertos-del-gobierno-piden-derogar.html
El grupo designado para elaborar el informe previo al II Plan de Derechos Humanos denuncia, en el 'censurado' texto, la "desprotección" de las víctimas del franquismo.
PAULA DÍAZ
MADRID.- España no cumple con la mayoría de recomendaciones de los organismos internacionales en cuanto a protección de los derechos de las víctimas del franquismo.Por ello, los expertos del Comité designado por el Gobierno para elaborar el informe previo de lo que iba a ser el II Plan de Derechos Humanos recomiendanderogar la Ley de Amnistía de 1977 o, al menos, garantizar que dicha normativa no frustra las investigaciones de delitos cometidos durante la Guerra Civil y la Dictadura.
Así consta en el citado documento —hasta ahora censurado por el Ejecutivo de Mariano Rajoy y que será publicado próximamente por la Editorial Tirant lo Blanch— en el que los profesores universitarios coordinados por el director del proyecto del Gobierno, Fernando Rey, denuncian la "desprotección" de las víctimas, la "insuficiente" Ley de Memoria Histórica y losrecortes presupuestarios que impiden a las familias exhumar a sus seres queridos de las fosas, entre otras cuestiones.
Así consta en el citado documento —hasta ahora censurado por el Ejecutivo de Mariano Rajoy y que será publicado próximamente por la Editorial Tirant lo Blanch— en el que los profesores universitarios coordinados por el director del proyecto del Gobierno, Fernando Rey, denuncian la "desprotección" de las víctimas, la "insuficiente" Ley de Memoria Histórica y losrecortes presupuestarios que impiden a las familias exhumar a sus seres queridos de las fosas, entre otras cuestiones.
"Ninguno de los gobiernos que se han sucedido desde la llegada de la democracia se ha planteado su derogación[de la Ley de Amnistía de 1977]. Bien al contrario, han defendido su legitimidad y su valor 'pacificador' cada vez que ha sido cuestionada por algún órgano de protección internacional de los derechos humanos", comienza lamentando la profesora de la Universidad Carlos III de Madrid Carmen Pérez González.
"Al tiempo que en España se asentaban los efectosjurídicos, políticos y sociales de la aprobación de la Ley, que ha lastrado las posibilidades de miles de víctimas de torturas, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y otras violaciones de los derechos humanos [...] de lograr la condena penal de sus autores, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) avanzaba en dirección contraria e instaba a los Estados a luchar contra la impunidad", continúa.
"Al tiempo que en España se asentaban los efectosjurídicos, políticos y sociales de la aprobación de la Ley, que ha lastrado las posibilidades de miles de víctimas de torturas, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y otras violaciones de los derechos humanos [...] de lograr la condena penal de sus autores, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) avanzaba en dirección contraria e instaba a los Estados a luchar contra la impunidad", continúa.
El Comité de Derechos Humanos de la ONU dictaminó que los delitos de lesa humanidad como las torturas y las desapariciones forzadas son imprescriptibles, pero la Ley del 77 los perdona
La experta, encargada del capítulo correspondiente englobado en el informe titulado Los derechos humanos en España: un balance crítico, explica que el objetivo marcado por el DIDH es "consolidar una paz justa y duradera tras un conflicto armado o la experiencia de un régimen dictatorial". Para conseguirlo, los órganos internacionales de protección de los derechos humanos instauraron cuatro principios a seguir: verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.
Además, según la ONU los Estados deben "atender a todas obligaciones pertinentes [...] estén o no inmersos en un proceso de transición". Es decir, deben legislar para impedir violaciones de los derechos humanos, investigarlas "de forma eficaz, rápida, completa e imparcial"; dar a las víctimas un "acceso equitativo y efectivo a la justicia" y "proporcionar a las víctimas recursos eficaces, incluso reparación", cita Pérez.
Sin embargo, España apenas cumple estos propósitos. La Ley de Amnistía de 1977 perdona "los delitos y faltas cometidos por autoridades, funcionarios y agentes del orden público contra el ejercicio de los derechos de las personas". Y ello a pesar de que el según el Comité de Derechos Humanos de la ONU dictaminó y que "los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles". Y ello incluye tanto a las torturas como a las desapariciones forzadas, matiza la profesora.
Asimismo, el ordenamiento jurídico español no garantiza el derecho de las víctimas a conocer la verdad, debido a los "obstáculos con que han tropezado los familiares" a la hora de lograr "la exhumación de los restos y la identificación de las personas desaparecidas".
Es más, los expertos lamentan que la "desaparición forzada" no esté siquiera tipificada "como delito autónomo". Por ello, instan al Estado —citando al Comité contra las Desapariciones Forzadas— "a que asegure que todas las desapariciones forzadas sean investigadas independientemente del tiempo transcurrido desde el inicio de las mismas".
Es más, los expertos lamentan que la "desaparición forzada" no esté siquiera tipificada "como delito autónomo". Por ello, instan al Estado —citando al Comité contra las Desapariciones Forzadas— "a que asegure que todas las desapariciones forzadas sean investigadas independientemente del tiempo transcurrido desde el inicio de las mismas".
De otro lado, el Comité considera "insuficiente" la Ley de Memoria Histórica aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2007 por asentar varios de sus artículos en un "modelo de colaboración entre las administraciones públicas y los familiares descendientes directos de las víctimas". Según el DIDH, por culpa de ello, "los familiares de las víctimas y las asociaciones han suplido funciones que corresponden al Estado", como llevar a cabo las exhumaciones, a menudo "privatizadas".
Ello tiene, además, otra consecuencia: "no existen registros oficiales" de las mismas y se obliga a las familias a elegir de forma "perversa" entre "su derecho a enterrar a sus seres queridos y la posibilidad de poder un día establecer una verdad 'oficial' sobre las circunstancias de su muerte".
Por si fuera poco, con el PP de Rajoy llegó, en 2011, "la anulación del presupuesto anualmente asignado para la implementación de la Ley de Memoria Histórica" y, con ella, "la casi completa paralización de los trabajos de exhumación".
Ello tiene, además, otra consecuencia: "no existen registros oficiales" de las mismas y se obliga a las familias a elegir de forma "perversa" entre "su derecho a enterrar a sus seres queridos y la posibilidad de poder un día establecer una verdad 'oficial' sobre las circunstancias de su muerte".
Por si fuera poco, con el PP de Rajoy llegó, en 2011, "la anulación del presupuesto anualmente asignado para la implementación de la Ley de Memoria Histórica" y, con ella, "la casi completa paralización de los trabajos de exhumación".
Sobre las exhumaciones: "Los familiares de las víctimas y las asociaciones han suplido funciones que corresponden al Estado"
También "persisten los obstáculos para el acceso a la información y los archivos" y sigue siendo insuficiente la medida tomada de crear un Banco de ADN para la identificación de los denominados "bebés robados". Todo ello contribuye también "al menoscabo de la satisfacción del derecho de las víctimas a la verdad".
Por esa razón, el Comité de expertos insta al Gobierno a adoptar "medidas adicionales para garantizar que la desaparición forzada de niños se incorpora como un delito específico en el Código Penal, para intensificar los esfuerzos en el ámbito de búsqueda e identificación de los menores que podrían haber sido víctimas de apropiación, desaparición forzada y/o sustitución de identidad".
Por esa razón, el Comité de expertos insta al Gobierno a adoptar "medidas adicionales para garantizar que la desaparición forzada de niños se incorpora como un delito específico en el Código Penal, para intensificar los esfuerzos en el ámbito de búsqueda e identificación de los menores que podrían haber sido víctimas de apropiación, desaparición forzada y/o sustitución de identidad".
A día de hoy nadie ha sido condenado por las desapariciones forzadas de la Guerra Civil y la Dictadura
Porque, según la ONU "la combinación de un marco legislativo deficiente, una judicatura que no ha interpretado la ley a la luz del derecho internacional de los derechos humanos, fiscales que no han impulsado las investigaciones y la presencia de la Ley de Amnistía y, en particular, la interpretación dada a dicha Ley, han creado un patrón de impunidad para los casos de desapariciones forzadas durante la Guerra Civil y la Dictadura".
Y es que, a día de hoy, "no hay ninguna investigación judicial efectiva en curso, ni hay persona alguna condenada por las desapariciones" de la época, denuncia la profesora de la Carlos III que lamenta también el caso del magistrado Baltasar Garzón, así como la decepcionante actitud del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que ha evitado pronunciarse sobre las "peliagudas" cuestiones jurídicas sobre la compatibilidad de la Ley de Amnistía con el Derecho internacional.
Y es que, concluye, "el mejor modo de afrontar los dilemasque se presentan como consecuencia de un pasado de violaciones graves de derechos humanos es atendiendo las exigencias del Derecho internacional. Esto es, evitando la impunidad y garantizando los derechos de las víctimas".
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