divendres, 2 de maig del 2014

Valoración de CeAQUA ante la no extradición de Pacheco. Auto resolución no extradición de Pacheco.

Foto del torturador.

CeAQUA

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Valoración de CeAQUA ante la no extradición de Pacheco
Posted: 01 May 2014 03:56 AM PDT
EN ILEGAL E INDIGNANTE RESOLUCIÓN LA AUDIENCIA NACIONAL DE ESPAÑA NIEGA LA EXTRADICIÓN A ARGENTINA DE ANTONIO GONZÁLEZ PACHECO, ALIAS BILLY EL NIÑO, AFIRMANDO, UNA VEZ MÁS, QUE EL FRANQUISMO NO COMETIÓ CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD.
ANTE ESTA NUEVA MANIFESTACIÓN DE IMPUNIDAD LA COORDINADORA ESTATAL DE APOYO A LA QUERELLA ARGENTINA CONTRA LOS CRÍMENES DEL FRANQUISMO (CEAQUA) MANIFIESTA:
Hoy, 30 de abril de 2014, la Sección Segunda de la Audiencia Nacional, reiterando en lo esencial los “fundamentos” que llevaron el 15 de abril a la Sección Tercera a denegar la extradición del torturador Jesús Muñecas Aguilar, ha rechazado la de Antonio González Pacheco.
El Tribunal reconoce que las denuncias de los trece ciudadanos españoles que dieron origen a la solicitud de extradición por parte de la justicia argentina constituyen claramente delitos de torturas pero distan, afirma, de poder ser calificados como delitos de lesa humanidad.
Más concretamente niega que se hayan cometido “…como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque”, como exige el tipo penal de crímenes de lesa humanidad y, en consecuencia, al estimar que se trata de delitos comunes, resuelve que está prescrita la acción penal.
Esto significa que los jueces que han dictado esta vergonzosa resolución entienden que los delitos de torturas perpetrados contra los querellantes y denunciantes  en la causa argentina, no constituyen crímenes de lesa humanidad a pesar de que se cometían en el mismo tiempo y en un contexto en que se torturaba reiterada y sistemáticamente en comisarías, cárceles y cuarteles; se  ejecutaba a opositores al régimen a través de sentencias dictadas por consejos de guerra sumarísimos; se producían matanzas en protestas de trabajadores y estudiantes y, en general, se reprimían generalizada y cotidianamente los derechos y libertades de miles de personas y cientos de organizaciones.
Como decíamos en relación con la denegación de la extradición de Muñecas, la Audiencia Nacional, una vez más, ignora a sabiendas  la notoriedad de la verdad histórica y el preciso y detallado Auto de la jueza argentina que contextualiza las torturas como parte de la comisión sistemática y generalizada de múltiples delitos perpetrados desde las estructuras del Estado, señala a quienes con González Pacheco participaron en las torturas y cita extensamente dictámenes concluyentes de organismos internacionales de derechos humanos sobre la criminalidad masiva del franquismo.
La decisión judicial considera, por tanto, que el franquismo no cometió crímenes contra la humanidad. A esta altura del devenir histórico sólo quienes han cometido los crímenes y sus cómplices, quienes los encubren y quienes con ellos se solidarizan pueden efectuar semejante afirmación.
Debe destacarse asimismo que el Fundamento Jurídico quinto del Auto judicial señala que además de la extinción de la responsabilidad penal derivada de la prescripción existe una causa obstativa de denegación al ser preferente la jurisdicción española atendiendo al principio de territorialidad, al haberse cometido los hechos en este país y sin que  conste, señala, ejercicio de la acción por parte de los denunciantes ante los tribunales españoles.
Pues bien, atendiendo al criterio expresado en dicha resolución desde CEAQUA valoraremos seriamente la formulación de querellas de forma sistemática en diferentes Juzgados de todo el territorio nacional, al objeto de que finalmente se reconozca el derecho de las víctimas del franquismo a acceder a la jurisdicción, esto es, a efectos de que se les reconozca su derecho, hasta ahora negado reiteradamente, a la verdad, la justicia y la reparación, y todo ello sin perjuicio de seguir impulsando el proceso judicial que se tramita ante los tribunales argentinos.
Además, instamos y exigimos a la Fiscalía la interposición de un recurso de súplica contra el Auto hoy notificado, no sólo porque dicha resolución es manifiestamente ilegal, sino también para ser consecuente y coherente con lo que expresó en la vista oral, esto es, la necesidad de que las víctimas del franquismo sean escuchadas en los tribunales españoles.
Finalmente recordamos que siguen vigentes las órdenes internacionales de detención expedidas contra Muñecas y González Pacheco, que serán extraditados a Argentina si se les aprehende fuera de territorio español.
Una vez más reafirmamos que, en nombre y memoria de los centenares de miles de víctimas del fascismo español, continuaremos bregando para poner fin a la ignominia de la impunidad del franquismo.