diumenge, 27 de desembre del 2015

INTERVENCIÓN EN EL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA.


http://www.ceaqua.org/intervencion-en-el-ayuntamiento-de-zaragoza/?utm_source=feedburner&utm_medium=email&utm_campaign=Feed%3A+Ceaqua+%28CeAQUA%29


Gracias Sr. Alcalde, gracias a los Concejales de esta Corporación.

Desde el año 2010 se tramita en el Juzgado Criminal y Correccional Federal 1 de Buenos Aires la denominada querella argentina, único procedimiento judicial en el mundo que investiga y enjuicia los crímenes contra la humanidad cometidos durante la dictadura franquista, en virtud del principio de justicia universal.
He querido comenzar esta breve intervención citando a la denominada querella argentina porque sin el esfuerzo de todos aquéllas personas y organizaciones que comenzaron dicha andadura hace ya más de cinco años, sin el tesón del movimiento memorialista y de la sociedad civil en su conjunto durante quince años, muy probablemente no nos estaríamos planteando las cuestiones que han sido introducidas en la moción y que serán objeto de debate en este plenario.
La querella argentina ha representado y representa un elemento fundamental para erosionar y agrietar la política de impunidad mantenida por el Estado español en relación con la investigación y enjuiciamiento de los graves crímenes cometidos durante la dictadura franquista.
Como todos ustedes saben y conocen durante más de cuarenta años se produjeron en nuestro país violaciones masivas y sistemáticas de los derechos humanos. Se cometieron en un contexto de crímenes contra la humanidad –por tanto, imprescriptibles y no amnistiables- delitos tales como asesinatos, detenciones ilegales y arbitrarias, desapariciones forzadas, robo de niños, torturas, agresiones sexuales, trabajos forzados, internamientos en campos de concentración, etc… La represión política y social ejercida por el sistema dictatorial contra buena parte de nuestra población fue absolutamente feroz y sanguinaria.
La política de impunidad mantenida por el Estado español en relación con las más graves violaciones de derechos humanos debe finalizar de inmediato. Es impropio de un estado democrático y de derecho que se les niegue el acceso a la justicia a las víctimas. Han transcurrido más de cuarenta años desde la muerte del dictador. La implicación de las instituciones públicas para poner fin a dicha situación resulta trascendental y de suma importancia para estimular la actuación de la justicia. En este caso concreto la implicación de la Corporación Municipal de Zaragoza a la que tenemos el placer de dirigirnos desde la CEAQUA, es sustancial y debería marcar un camino que no admitirá retrocesos.
Cuando nos enfrentamos y abordamos los problemas tan sumamente graves que generan las violaciones masivas y sistemáticas de derechos humanos, y desde un enfoque basado en los citados derechos, el reconocimiento de los mismos a las víctimas es un deber inexcusable por parte de los poderes públicos. Ya sabemos cuáles son los derechos que asisten a dichas víctimas: verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. Es el Estado, en su más amplia acepción, incluyendo, por supuesto a las Corporaciones municipales, el que debe implementar todos y cada uno de los mecanismos que supongan y representen un reconocimiento efectivo de dichos derechos, no olvidemos de carácter inalienable e irrenunciable. Dicha obligación dimana del derecho internacional consuetudinario, de los Tratados y Convenios Internacionales suscritos y ratificados por España que, no olvidemos, forman parte de nuestro ordenamiento jurídico interno conforme a lo establecido en el artículo 96 de la Constitución Española.
En este sentido conviene recordar la adopción por la Comisión de Derechos Humanos de NNUU en 1.997 del Conjunto de principios para la protección y la promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad, principios que fueron actualizados en 2005, entre los que se subraya la aplicación efectiva del deber de los Estados de luchar contra la impunidad mediante la correcta administración de la justicia penal, cuyo fin único y último no sólo es la delimitación de responsabilidades en ese ámbito, sino también una forma esencial de hacer valer el derecho a la verdad, la denominada verdad judicial.
El Estado español ha sido criticado y censurado de forma clara y taxativa, en cuanto a la política de impunidad que mantiene en relación con la investigación y enjuiciamiento de los crímenes contra la humanidad cometidos por la dictadura franquista, por parte de diferentes mecanismos del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Así, y sólo en el último año, se han pronunciado en tal sentido el Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzadas o Involuntarias, el Relator especial para la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, el Comité contra la Tortura y el Comité de Derechos Humanos, encargado de monitorizar el cumplimiento por parte de los Estados de los preceptos incorporados al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Por ello, apelamos al Pleno para que esta Corporación Municipal lleve a cabo un ejercicio de responsabilidad asumiendo las obligaciones internacionales que le corresponden en relación con esta cuestión, que no son otras que el reconocimiento efectivo de los derechos que asisten a las víctimas del franquismo. La invocación de los derechos humanos por parte de los grupos municipales en particular y de las fuerzas políticas en general, no puede quedarse en mera retórica, requieren de una aplicación efectiva que, en este caso concreto y en cuanto al derecho a la justicia, supone y representa impulsar el ejercicio de acciones en el ámbito penal y de esta forma estimular a la Administración de Justicia para que cumpla con su mandato constitucional que no es otro que el juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.